Consejo de Estado confirma contribución especial sobre contratos de obra pública en Medellín
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:8:10
Providencia judicial y tribunal de origen
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, en sentencia de segunda instancia dictada el 28 de mayo de 2026, resolvió el recurso de apelación interpuesto por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Antioquia – Sala Séptima, que en primera instancia negó las pretensiones de la demanda por nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes fácticos y procesales
La controversia se originó tras la declaración privada de retención por la contribución especial sobre contratos de obra pública correspondiente al periodo de diciembre de 2016, presentada por Empresas Públicas de Medellín E.S.P. Posteriormente, la Administración Distrital realizó una inspección tributaria y modificó la declaración aumentando la base gravable y determinando una mayor contribución a pagar, además de imponer una sanción por inexactitud, sanción que fue revocada en recurso de reconsideración.
La demandante alegó que los actos administrativos eran nulos por ampliar indebidamente la base gravable, argumentando que los contratos no correspondían a ejecución de obra pública sino a prestación de servicios, como mantenimiento básico, que no generan la obligación tributaria de retener la contribución especial.
El municipio de Medellín, en defensa, sostuvo que los contratos en cuestión se ajustan a la definición legal de contratos de obra pública, pues consisten en trabajos materiales sobre bienes inmuebles celebrados con entidad pública, por lo que procedía la retención del tributo.
Consideraciones de la Sala y fundamentos jurídicos
La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo había unificado criterios en sentencia de 25 de febrero de 2020, estableciendo que todos los contratos de obra pública celebrados con...
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