Consejo de Estado se abstiene de resolver conflicto negativo de competencias sobre bono pensional en Valle del Cauca
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:14:6
Contexto y naturaleza de la decisión
El Consejo de Estado, a través de su Sala de Consulta y Servicio Civil, emitió un auto en ejercicio de la competencia que le confiere el artículo 39 de la Ley 1437 de 2011, modificado por la Ley 2080 de 2021, para estudiar un conflicto negativo de competencias administrativas. La controversia surgió a raíz de una solicitud de reconocimiento y pago de un bono pensional relacionada con los tiempos laborados en una entidad hospitalaria del Valle del Cauca, y la competencia para atender dicha solicitud entre esa entidad, el departamento del Valle del Cauca, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones).
Antecedentes fácticos y procesales
En 2015, Colpensiones reconoció y comenzó a pagar una pensión de vejez a favor de una ciudadana, que incluía los periodos trabajados en la mencionada entidad hospitalaria entre 1974 y 1994. Posteriormente, se presentaron recursos administrativos para solicitar la reliquidación de la pensión, los cuales fueron resueltos confirmando el pago. En 2024, la entidad hospitalaria expidió una certificación electrónica de tiempos laborados en la que expresó que no se efectuaron descuentos por seguridad social en los períodos indicados y manifestó haber conformado una liquidación provisional del bono pensional, aunque el departamento del Valle del Cauca objetó el reconocimiento y pago de dicho bono al considerar que la beneficiaria no era parte del fondo del pasivo prestacional del sector salud.
En noviembre de 2025, la entidad hospitalaria promovió ante la Sala de Consulta y Servicio Civil un presunto conflicto negativo de competencias para definir cuál entidad es...
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