Consejo de Estado define competencia para proceso administrativo de restablecimiento de derechos en Tolima
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:20:0
Contexto y antecedentes del caso
El conflicto surge a raíz de un proceso administrativo iniciado por la Comisaría de Familia de San Sebastián de Mariquita, tras una denuncia de presunto abuso sexual contra un menor. La comisaría abrió el PARD y dictó medidas provisionales de protección. Sin embargo, por irregularidades procesales y la falta de definición oportuna de la situación jurídica del menor dentro del término legal establecido, la comisaría se abstuvo de continuar con el proceso y remitió el expediente al Juzgado Promiscuo de Familia de Honda.
El juzgado, al avocar conocimiento del caso, declaró la nulidad de las actuaciones administrativas previas, definió la situación de vulneración de derechos del menor, mantuvo las medidas provisionales y remitió la continuación del proceso a la comisaría para que hiciera seguimiento y subsanara las irregularidades.
Ante el rechazo de ambas autoridades a continuar con el proceso, la comisaría planteó un conflicto negativo de competencias administrativas ante el Consejo de Estado para que se determinara la autoridad competente para continuar el seguimiento y definir de fondo el PARD.
Fundamentos jurídicos y competencias
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado fundamentó su decisión en el marco constitucional y legal que protege a los niños, niñas y adolescentes, destacando el artículo 44 de la Constitución Política, que prioriza sus derechos y la obligación del Estado de garantizar su desarrollo integral.
Se analizaron las disposiciones del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006), y las modificaciones introducidas por las leyes 1878 de 2018 y 1955 de 2019, que regulan los procedimientos de restablecimiento de...
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