Consejo de Estado define competencia para investigación disciplinaria de inspector de convivencia y paz en Atlántico
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:21:32
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, en segunda instancia y a través de su Sala de Consulta y Servicio Civil, resolvió un conflicto negativo de competencias administrativas suscitado entre la Procuraduría General de la Nación y la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico. El conflicto versa sobre la autoridad competente para continuar una actuación disciplinaria iniciada contra un inspector de convivencia y paz, antes inspector municipal de policía, en el municipio de Soledad, Atlántico, relacionada con presuntas irregularidades en la gestión de un proceso policivo por perturbación a la posesión o mera tenencia de bienes inmuebles.
Antecedentes fácticos y procesales
En 2021, el inspector municipal de policía ordenó la restitución de un inmueble en Soledad mediante resolución en un proceso verbal abreviado por perturbación a la posesión. Posteriormente, la Alcaldía revocó dicha resolución, ordenando iniciar un nuevo procedimiento policivo, lo que fue objeto de tutela y posteriores decisiones judiciales que modificaron el curso del proceso administrativo. En este marco, surgieron denuncias sobre presuntas omisiones del inspector en la aplicación de medidas correctivas frente a construcciones ilegales en el inmueble.
La Procuraduría General de la Nación inició investigación disciplinaria contra el inspector y formuló cargos por presunta omisión. Durante la etapa de juzgamiento, remitió el expediente a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial del Atlántico, alegando competencia conforme a la Ley 1952 de 2019. La Comisión, por su parte, declaró la nulidad de la actuación disciplinaria y promovió el conflicto de competencia, argumentando que para los hechos ocurridos en 2021 debía aplicarse la Ley 734 de 2002, y por ende, la competencia...
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