Consejo de Estado declara infundado recurso extraordinario de revisión contra sentencia del Tribunal Administrativo de Caldas
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:26:43
Providencia judicial y contexto procesal
El 22 de mayo de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado, en ejercicio de su función jurisdiccional, emitió un auto en el expediente 11001-03-26-000-2025-00114-00, mediante el cual declaró infundado el recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Caldas, proferida el 23 de agosto de 2024. Dicha sentencia en segunda instancia revocó el fallo de primera instancia que había declarado la responsabilidad patrimonial del municipio de Manizales por daños ocasionados por un canino potencialmente peligroso entregado en adopción sin las medidas de control pertinentes.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se inició con una demanda de reparación directa presentada en enero de 2016 contra el municipio de Manizales, a través de su Secretaría del Medio Ambiente, por presunta falla en el servicio debido a la entrega en adopción de un perro con antecedentes de agresividad, que posteriormente atacó a una menor de edad. El Juzgado Primero Administrativo de Manizales emitió sentencia en primera instancia en abril de 2021, declarando la responsabilidad patrimonial del municipio, aunque redujo el monto de la condena por concurrencia de culpa del adoptante del animal.
Sin embargo, el Tribunal Administrativo de Caldas revocó ese fallo en agosto de 2024, negando las pretensiones demandadas al considerar que el daño fue causado por la conducta del tercero responsable del perro y no por el municipio, lo que exoneraba a la administración pública de responsabilidad.
Fundamentos y alcance del recurso extraordinario de revisión
El recurso extraordinario de revisión es un mecanismo excepcional que permite controvertir sentencias...
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