Consejo de Estado niega responsabilidad patrimonial por inclusión de predio en área ambiental protegida en Cundinamarca
Proviene de: Sentencias
11 de junio de 2026 17:31:4
Contexto procesal y antecedentes
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, con magistrada ponente, resolvió un recurso de apelación contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había negado las pretensiones de una demanda de reparación directa. La demanda fue interpuesta contra la Nación, representada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y la Corporación Autónoma Regional (CAR), para reclamar indemnización por daños derivados de la inclusión de un predio en un área ambiental protegida y por el registro tardío de esta afectación en el folio de matrícula inmobiliaria.
El inmueble, ubicado en el municipio de La Vega, Cundinamarca, fue declarado parte del Distrito de Manejo Integrado de Recursos Naturales Renovables de La Cuchilla “El Chuscal” mediante acuerdo administrativo de la CAR en 1998. Sin embargo, la anotación en el registro inmobiliario se realizó en 2013, posterior a la adquisición del predio por parte de los demandantes. Estos alegaron que la medida afectó su derecho de dominio, desvalorizó el inmueble e impidió celebrar un contrato de compraventa.
Consideraciones jurídicas sobre la responsabilidad patrimonial
El análisis judicial se centró en determinar si existió daño cierto, antijurídico y singular que justificara la responsabilidad del Estado bajo el título de daño especial. La jurisprudencia de la Sección Tercera ha evolucionado desde una concepción inicial que equiparaba las restricciones ambientales a ocupaciones jurídicas indemnizables, hacia una interpretación que reconoce la función social y ecológica de la propiedad establecida en el artículo 58 de la Constitución Política. En este marco, las restricciones adoptadas para proteger el medio ambiente son legítimas y...
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