Proyecto de decreto del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones propone modificar contraprestación periódica de operadores postales para 2026-2028
Proviene de: Proyectos de Decreto
16 de junio de 2026 17:13:36
Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, buscaría modificar el numeral 2 del artículo 2.2.8.4.4. del Decreto 1078 de 2015 — Decreto Único Reglamentario del sector TIC — en relación con la contraprestación que deben pagar los operadores postales. Esta modificación complementaría el Decreto 805 de 2024, que estableció dicha contraprestación para el periodo 2024-2026.
Propósito y alcance del proyecto
El propósito principal del proyecto sería fijar en 1,4% la contraprestación periódica a cargo de los operadores postales sobre sus ingresos brutos por la prestación del servicio postal, para el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2028, inclusive. Esta tasa se mantendría igual a la establecida para el periodo anterior. El proyecto afectaría a todos los operadores postales sujetos a regulación, vigilancia y control estatal, conforme a la Ley 1369 de 2009.
Modificaciones y justificación técnica
El proyecto propondría modificar únicamente el numeral 2 del artículo mencionado, para establecer la contraprestación periódica en el 1,4% de los ingresos brutos. El análisis técnico, económico y financiero realizado por el Ministerio indicaría que esta tasa permitiría cubrir los costos asociados al sector postal, incluyendo la financiación del Servicio Postal Universal (SPU), franquicias postales, y gastos de vigilancia y control.
El documento señalaría además que el déficit del SPU ha aumentado desde 2022 en términos reales, generando presión sobre los recursos del Fondo Único de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (FUTIC). Asimismo, se destacaría la evolución estructural del mercado postal, donde la disminución...
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