Consejo de Estado niega medida cautelar sobre Circular 02 de 2021 de la Superintendencia Nacional de Salud
Proviene de: Sentencias
17 de junio de 2026 20:31:11
Contexto y tribunal competente
El auto interlocutorio fue emitido por la Sección Primera de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en la ciudad de Bogotá, en el marco de un medio de control de nulidad interpuesto contra la Superintendencia Nacional de Salud. El asunto correspondió a una solicitud de suspensión provisional sobre disposiciones contenidas en la Circular 02 de 2021, específicamente en su literal B, que modificaba instrucciones relacionadas con el cálculo del patrimonio adecuado y las reservas técnicas de las Empresas Promotoras de Salud (EPS) del régimen contributivo y subsidiado.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada en agosto de 2021 por un particular interesado, quien solicitó que se declarara la nulidad de varios apartes de la Circular 02 de 2021, junto con otras disposiciones previas de la Superintendencia. En particular, se buscó la suspensión provisional de los apartes subrayados del literal B de dicha circular, argumentando que la inclusión de los recursos provenientes de los presupuestos máximos como ingresos operacionales para el cálculo del patrimonio adecuado y el régimen de reservas técnicas excedía la competencia de la entidad y violaba normas superiores, entre ellas el artículo 240 de la Ley 1955 de 2019, los artículos 6 y 121 de la Constitución Política, y el Decreto 780 de 2016.
La Superintendencia Nacional de Salud, a través de su apoderada, solicitó negar la medida cautelar, señalando que la solicitud no cumplía con los requisitos legales y que no se demostraba vulneración normativa. Afirmó que la regulación cuestionada estaba en concordancia con la normativa vigente, incluyendo la Resolución 586 de 2021, que define...
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