Consejo de Estado niega nulidad de elección de magistrado de la Corte Constitucional realizada por el Senado en 2025
Proviene de: Sentencias
17 de junio de 2026 20:30:22
Contexto y competencia del tribunal
El caso fue conocido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, del Consejo de Estado, que tiene competencia en única instancia para decidir sobre nulidades electorales emitidas por el Congreso de la República y sus cámaras. El proceso acumuló tres demandas contra la elección de un magistrado de la Corte Constitucional realizada por el Senado en sesión plenaria el 20 de mayo de 2025.
Antecedentes fácticos y procesales
La elección se dio en el marco de la terminación del período constitucional de una magistrada de la Corte Constitucional. La terna fue presentada por el Presidente de la República, conforme a lo previsto en la Constitución y la Ley 270 de 1996, e integrada por tres abogados, dos de ellos mujeres. El Senado fijó un cronograma para la elección y llevó a cabo la sesión en la que se designó al magistrado electo.
Las demandas alegaron irregularidades en el procedimiento, incluyendo la supuesta realización de la sesión sin finalidad exclusiva para la elección, irregularidades en el orden del día, violación del principio de paridad de género, incumplimiento del criterio de diversidad de especialidades jurídicas, afectación de la eficiencia y continuidad institucional por la edad del elegido, y desviación de poder por presuntas vinculaciones personales y profesionales entre el magistrado electo y el Presidente de la República, así como con algunos senadores.
En la defensa, el Senado, el Presidente de la República y el magistrado demandado negaron las irregularidades, destacando que se respetaron los procedimientos legales y reglamentarios aplicables, que la terna cumplió con la inclusión mínima de mujeres conforme...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.