Consejo de Estado rechaza demanda contra inscripción de comité promotor de referendo constitucional
Proviene de: Sentencias
17 de junio de 2026 20:31:18
Contexto y naturaleza de la decisión
El órgano competente, la Sección Quinta de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en calidad de tribunal de segunda instancia, emitió un auto el 10 de junio de 2026, en el marco del medio de control de nulidad, para decidir sobre la admisión de la demanda presentada contra la Resolución 4723 del 6 de mayo de 2026, expedida por la Registraduría Delegada en lo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue instaurada el 8 de mayo de 2026 por un ciudadano que cuestionó la inscripción de un comité promotor de un referendo constitucional denominado “Referendo por la Estabilidad Constitucional 2026-2034”. La iniciativa propuesta busca adicionar un artículo transitorio a la Constitución Política, estableciendo un periodo de estabilidad constitucional durante el cual no se podría convocar a una Asamblea Constituyente para reformar la Constitución hasta el 6 de agosto de 2034.
Mediante la Resolución impugnada, la Registraduría Nacional del Estado Civil declaró que la iniciativa cumplía con los requisitos formales establecidos en la Ley Estatutaria 1757 de 2015, inscribió al comité promotor, reconoció al vocero de la iniciativa, asignó el consecutivo único RCA-2026-02-001 y ordenó la publicación del acto.
El demandante argumentó que la Resolución fue expedida con vicio de competencia, pues la iniciativa afectaría un mecanismo esencial del poder constituyente primario —la Asamblea Constituyente—, y que la Registraduría actuó con falsa motivación al limitarse a verificar requisitos formales sin realizar un control de constitucionalidad.
Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto
El magistrado ponente recordó que la competencia para decidir sobre la admisión...
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