Consejo de Estado confirma rechazo de demanda por caducidad en controversia contractual sobre contrato de colaboración empresarial
Proviene de: Sentencias
17 de junio de 2026 20:31:17
Contexto y competencia
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, con ponencia de una magistrada, conoció el recurso de apelación presentado contra un auto del Tribunal Administrativo del Cesar que había rechazado una demanda interpuesta por integrantes de una Unión Temporal contra una Empresa de Servicios Públicos de Aguachica E.S.P. (ESPA). La controversia contractual giró en torno al incumplimiento del contrato de colaboración empresarial celebrado en 2016, relacionado con el suministro e instalación de micromedidores para el servicio público.
Antecedentes fácticos y procesales
La Unión Temporal demandante alegó incumplimiento contractual por parte de la ESPA, específicamente en el suministro de listados de usuarios para la instalación de micromedidores, lo que generó perjuicios económicos significativos. El contrato fue objeto de varias modificaciones que ampliaron los plazos inicialmente pactados, estableciendo un período para la instalación y otro para el recaudo y transferencia de recursos por parte de la empresa contratante.
Al vencimiento del plazo para la instalación, solo se había ejecutado una parte del objeto contractual. A pesar de solicitudes para la liquidación del contrato, esta no se realizó ni de manera bilateral ni unilateral. La parte demandante presentó la demanda y una solicitud de conciliación extrajudicial, ambas fuera del término de caducidad previsto en la ley.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala recordó que la caducidad es una figura jurídico-procesal que busca garantizar seguridad jurídica, estableciendo plazos perentorios para el ejercicio del derecho de acción. En contratos estatales que requieren liquidación y esta no se realiza por mutuo acuerdo o unilateralmente, el término para demandar es de dos...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.