Tribunal Administrativo de Santander confirma sanción por desacato en tutela contra Nueva EPS
Proviene de: Sentencias
18 de junio de 2026 17:37:6
Competencia e instancia
La providencia en análisis es un auto interlocutorio emitido por el Tribunal Administrativo de Santander, en su función de grado jurisdiccional de consulta, que revisa una sanción impuesta en primera instancia por desacato a una sentencia de tutela. Esta competencia está fundamentada en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 y las disposiciones sobre el debido proceso contenidas en la Ley 1564 de 2012.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de tutela inicialmente protegió el derecho fundamental a la salud de una paciente, ordenando a Nueva EPS la entrega de medicamentos específicos —fenobarbital y lacosamida— y el agendamiento de una cita con un especialista en neurología. Sin embargo, la entidad no cumplió con estas órdenes.
Ante este incumplimiento, el juez de primera instancia inició un trámite incidental por desacato contra los funcionarios responsables del cumplimiento de la orden: la Gerente Regional Nororiente de Nueva EPS y el agente interventor asignado a dicha entidad. Se les impuso una multa equivalente a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes a cada uno, como medida sancionatoria por no dar cumplimiento a la sentencia de tutela y, específicamente, por no garantizar la entrega oportuna de los medicamentos ni la atención médica requerida.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal Administrativo de Santander confirmó la sanción impuesta, tras verificar que los funcionarios fueron debidamente individualizados, notificados y vinculados al trámite incidental, lo que garantizó el respeto del derecho fundamental al debido proceso, incluyendo la posibilidad de ejercer defensa y aportar pruebas.
Respecto a la responsabilidad objetiva, se constató que la entidad incumplió la orden judicial que amparó el derecho...
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