Tribunal Administrativo del Tolima admite recurso de apelación en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
18 de junio de 2026 17:41:56
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por el Tribunal Administrativo del Tolima, en segunda instancia, dentro de un proceso de reparación directa. El auto, fechado el 8 de mayo de 2026, responde a un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el 3 de marzo de 2026 por el Juzgado Sexto Administrativo Oral del Circuito Judicial de Ibagué, que negó las pretensiones de la parte demandante.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con una demanda de reparación directa presentada contra el Departamento del Tolima, una entidad prestadora de servicios de salud del régimen contributivo, y un hospital regional. La parte demandante, inconforme con la decisión de primera instancia, presentó recurso de apelación dentro del término legal establecido. Posteriormente, el apoderado que representaba a una de las entidades demandadas presentó renuncia, señalando incumplimiento en el pago de sus honorarios y reservándose el derecho de no otorgar paz y salvo a su representado.
Consideraciones y decisión del tribunal
El tribunal, con base en lo dispuesto en el artículo 328 del Código General del Proceso (CGP) y el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011 modificado por la Ley 2080 de 2021, procedió a admitir el recurso de apelación interpuesto oportunamente. Esto implica que el proceso continuará en revisión para analizar el fondo del asunto por parte de la instancia superior.
Además, el tribunal aceptó la renuncia presentada por el apoderado de la entidad prestadora de salud y requirió al representante legal de esta entidad para que designe un nuevo apoderado que represente sus intereses en el presente proceso. Esta medida busca garantizar...
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