Consejo de Estado confirma negativa a devolución de estampillas a organización indígena en La Guajira
Proviene de: Sentencias
23 de junio de 2026 10:5:19
Contexto y naturaleza de la providencia
El Consejo de Estado, en segunda instancia, mediante sentencia emitida el 11 de junio de 2026, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Tribunal Administrativo de La Guajira del 25 de septiembre de 2024. La controversia se centró en la solicitud de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por una organización indígena, que reclamaba la devolución de sumas retenidas por concepto de estampillas departamentales relacionadas con contratos para la prestación de servicios educativos.
Antecedentes fácticos y procesales
La organización demandante solicitó inicialmente en 2018 al Distrito de Riohacha la devolución de más de mil millones de pesos, correspondientes a retenciones efectuadas en varios contratos celebrados entre 2011 y 2015. El Distrito, actuando como agente retenedor, remitió la solicitud al Departamento de La Guajira para que tomara la decisión de fondo. Posteriormente, el Departamento negó la devolución por considerar extemporánea la petición.
En respuesta, la organización interpuso demanda de nulidad y restablecimiento del derecho amparada en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), aduciendo que la retención era ilegal debido a que, por su naturaleza, estaba excluida del pago de estampillas según lo dispuesto en la normativa departamental. La demanda fue inicialmente negada por el Tribunal Administrativo, que consideró que la organización no tenía la calidad de entidad pública especial, requisito para la exclusión tributaria invocada.
Consideraciones jurídicas de la Sala
El análisis principal de la Sala se concentró en determinar si la organización indígena demandante poseía la calidad de entidad pública especial para acceder a la exclusión prevista en el artículo 330 de...
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