Consejo de Estado revoca sentencia y ordena devolución por pago indebido de impuesto predial en concesión portuaria en Buenaventura
Proviene de: Sentencias
23 de junio de 2026 10:8:43
Providencia y tribunal que la profiere
La decisión corresponde a una sentencia de segunda instancia emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, del Consejo de Estado, con ponencia del consejero ponente. Revisa el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, que inicialmente negó las pretensiones del Instituto Nacional de Vías (INVIAS) respecto a la nulidad y restitución del derecho sobre actos administrativos relacionados con el impuesto predial.
Antecedentes fácticos y procesales
El Distrito Especial de Buenaventura expidió una factura y una resolución que liquidaron el impuesto predial unificado y la sobretasa ambiental del año 2019, cobrando al INVIAS, en calidad de propietario, y a la Sociedad Portuaria Regional de Buenaventura, como concesionaria del predio identificado como Parqueadero de Las Tractomulas. La Sociedad Portuaria alegó que el predio es un bien fiscal y no de uso público, por lo que el impuesto debía ser asumido únicamente por el propietario, es decir, el INVIAS.
El INVIAS demandó en ejercicio de nulidad y restablecimiento del derecho, solicitando declarar que no es sujeto pasivo del impuesto, que los actos administrativos eran nulos y que se le restituyera el pago realizado. El Tribunal Administrativo negó las pretensiones y ordenó al INVIAS adelantar el proceso de recobro frente al concesionario, condenando en costas a la parte actora.
En primera instancia se concluyó que, siendo el predio un bien de uso público explotado comercialmente por el concesionario, el INVIAS tenía responsabilidad solidaria en el pago del impuesto, dado que se trata de un tributo real que grava el inmueble independientemente del dominio...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.