Consejo de Estado confirma nulidad parcial de sanciones tributarias por no informar con aplicación del principio de favorabilidad
Proviene de: Sentencias
24 de junio de 2026 15:30:47
Providencia judicial de segunda instancia en materia tributaria
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, Sección Cuarta, emitió una sentencia el 18 de junio de 2026, resolviendo el recurso de apelación interpuesto contra la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que había declarado la nulidad parcial de las resoluciones sancionatorias proferidas por la DIAN. La providencia judicial confirma la nulidad en la aplicación de sanciones por no informar la información exógena correspondiente al año gravable 2016, con base en el principio de favorabilidad definido en el artículo 640 del Estatuto Tributario.
Antecedentes y desarrollo del proceso
La DIAN impuso a una contribuyente una sanción por valor de más de trescientos treinta y tres millones de pesos por no presentar la información tributaria requerida. Posteriormente, se negaron solicitudes de atenuación de la sanción, decisión que fue confirmada en recurso de reconsideración. En respuesta, la contribuyente interpuso acción de nulidad y restablecimiento del derecho, alegando vulneración del debido proceso y del derecho de defensa, fundamentando sus pretensiones en normas del Estatuto Tributario y del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
El tribunal de primera instancia declaró la nulidad parcial de las resoluciones sancionatorias en lo concerniente a la aplicación del principio de favorabilidad, fijando la sanción en un monto menor, y no condenó en costas. Contra esta decisión se interpuso apelación, en la que la parte apelante introdujo argumentos no planteados inicialmente, cuestionando la base de la sanción y solicitando su reducción y reliquidación.
Consideraciones jurídicas y decisión de la Sala
El Consejo de Estado destacó que los nuevos argumentos presentados...
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