Contexto y alcance del proyecto de decreto
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, modificaría el Decreto 1074 de 2015 para fortalecer la supervisión, formalización y control de la actividad turística en Colombia. Esta iniciativa respondería a la necesidad de actualizar los procedimientos, requisitos y controles relacionados con el Registro Nacional de Turismo, conforme a las disposiciones recientes de la Ley 2068 de 2020 y la Ley 300 de 1996, así como a los retos identificados tras la implementación del Decreto 1836 de 2021.
El RNT es un instrumento esencial para garantizar la legalidad, calidad y sostenibilidad del turismo en Colombia, y este proyecto buscaría mejorar su funcionamiento y el cumplimiento de las obligaciones de los prestadores turísticos y de los operadores de plataformas digitales.
Propósitos y sectores afectados
El propósito principal del proyecto de decreto sería habilitar y regular las actividades de los prestadores de servicios turísticos mediante un sistema actualizado de inscripción, renovación, suspensión y cancelación en el Registro Nacional de Turismo. Asimismo, establecería las obligaciones específicas para los operadores de plataformas electrónicas o digitales que intermedian en la oferta de servicios turísticos en Colombia.
Los sectores afectados incluirían hoteles, agencias de viajes, guías turísticos, operadores de transporte especial, empresas de tiempo compartido, plataformas digitales, organizadores de bodas destino, entre otros actores vinculados al turismo. Se buscaría prevenir la informalidad, el fraude y la competencia desleal, así como proteger a los consumidores y promover la transparencia.
Modificaciones y nuevas disposiciones clave
El proyecto sustituiría las Secciones 1, 2 y 3 del Capítulo 1 y las Secciones 12 y 13 del Capítulo 4 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015. Entre los cambios relevantes se incluirían:
- Establecimiento de un Sistema de Verificación y Control del Registro Nacional de Turismo (SVCRNT), administrado por las cámaras de comercio bajo lineamientos del Ministerio, con interoperabilidad con diversas entidades públicas para verificar información en tiempo real.
- Requisitos generales y específicos para la inscripción, renovación y actualización del RNT para diferentes categorías de prestadores, con énfasis en la veracidad y calidad de la información.
- Obligatoriedad de exhibir el certificado del RNT en los establecimientos y plataformas, y de incluir el número de inscripción en publicidad y sitios web.
- Definición clara de las funciones y obligaciones de los operadores de plataformas electrónicas o digitales, incluyendo la inscripción en el RNT, verificación semestral del estado activo de los prestadores, retiro de anuncios de prestadores sin registro vigente, y suministro de información a autoridades para fines estadísticos, de control y fiscales.
- Establecimiento de mecanismos para la suspensión, cancelación y reactivación del RNT, con plazos y procedimientos detallados.
Participación de actores clave
El proyecto habría sido elaborado mediante un proceso de diálogo con diversos actores del sector turístico y entidades competentes. Entre ellos se incluirían gremios como Asohost, Airbnb, Cotelco, Confetur y cámaras de comercio, así como autoridades como Migración Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transporte, la Policía Nacional y la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales.
Estos espacios de participación habrían permitido recoger observaciones y analizar los impactos potenciales de la regulación, en línea con los principios constitucionales y legales que rigen la actividad turística y la función administrativa en Colombia.
Información adicional y participación ciudadana
El proyecto de decreto se habría publicado en la página web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo durante los meses de diciembre de 2025 y enero y febrero de 2026, con el fin de recibir comentarios y observaciones del público y de los interesados. Se establecería un período para la presentación de aportes que permitiría enriquecer la norma antes de su eventual adopción.
Asimismo, el decreto propuesto contemplaría un régimen de transición para implementar las herramientas tecnológicas necesarias y garantizar la interoperabilidad con las plataformas digitales, con plazos definidos para que los prestadores y operadores cumplan con los nuevos requisitos.
El proyecto no estaría vigente y su entrada en vigencia estaría prevista para el 1 de enero de 2028, fecha a partir de la cual se aplicarían las disposiciones sustituidas y adicionadas en el Decreto 1074 de 2015.
En conclusión, esta iniciativa busca modernizar el marco regulatorio del turismo en Colombia, promover la formalización del sector y fortalecer la protección de los consumidores, adaptándose a las nuevas dinámicas del mercado y la creciente participación de plataformas digitales en la oferta de servicios turísticos.