Contexto y antecedentes del proyecto
El Gobierno Nacional, a través de la Superintendencia de Sociedades, anunciaría el proyecto de decreto denominado "Por el cual se modifica el artículo 2.17.2.5.1.1. de la Sección 1 del Capítulo 5 del Título 2 de la Parte 17 del Libro 2 del Decreto 1068 de 2015", cuyo propósito sería modificar el régimen general de las inversiones internacionales en Colombia. Este decreto único reglamentario del sector Hacienda y Crédito Público fue inicialmente expedido en 2015 y modificado en 2017 por el Decreto 119, regulando, entre otros aspectos, el registro de inversiones internacionales. El proyecto fue presentado en fecha no precisada en el documento pero con referencia a normatividad vigente desde 2015 y 2017.
Propósito y alcance del proyecto
El proyecto buscaría eliminar el plazo máximo de seis meses que actualmente se establece para el registro de cambios en titulares, destinación o empresa receptora de inversiones internacionales, así como para la cancelación de dichas inversiones. Esta medida estaría dirigida a los inversionistas de capital extranjero en Colombia y a los residentes que realicen inversiones en el exterior, con el fin de evitar sanciones por incumplimientos formales en los plazos de registro.
Modificaciones y medidas propuestas
Actualmente, el artículo 2.17.2.5.1.1. del Decreto 1068 de 2015, modificado por el Decreto 119 de 2017, establece que los inversionistas deben registrar las sustituciones (cambios en titulares, destinación o empresa receptora) y cancelaciones dentro de un plazo de seis meses. El proyecto suprimiría este término, permitiendo que dichos registros puedan hacerse sin un límite temporal específico.
Además, se mantendría el procedimiento de registro mediante el Banco de la República, que establece los formularios y mecanismos electrónicos para la presentación de las declaraciones correspondientes. Las inversiones en divisas seguirían registrándose automáticamente mediante la declaración de cambio en el mercado cambiario, mientras que otras modalidades continuarían bajo el procedimiento establecido por la entidad monetaria.
Acciones y disposiciones establecidas
Con la eliminación del plazo perentorio de seis meses, se buscaría reducir las infracciones y sanciones por registros extemporáneos, que actualmente representan aproximadamente el 90% de las investigaciones relacionadas con inversiones internacionales ante la Superintendencia de Sociedades. Se mantendría la obligación de registro, pero con mayor flexibilidad temporal, facilitando a los inversionistas el cumplimiento de sus obligaciones sin incurrir en multas por demoras formales.
Participación de actores clave
La Superintendencia de Sociedades seguiría siendo la entidad encargada de la supervisión y control de las inversiones internacionales en Colombia, incluyendo la vigilancia del cumplimiento del régimen cambiario en estos aspectos. El Banco de la República mantendría la función de establecer los procedimientos y formularios para el registro de inversiones. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) no estaría involucrada en este ámbito específico de supervisión.
Información adicional y participación ciudadana
Aunque el documento no especifica fechas ni medios para la participación ciudadana, se esperaría que el proyecto de decreto fuera puesto a disposición para comentarios públicos, conforme a los procedimientos regulatorios habituales. Los interesados podrían acceder al texto completo a través de los canales oficiales de la Superintendencia de Sociedades y enviar observaciones dentro del periodo que se estableciera para tal efecto.
| Aspecto |
Situación Actual |
Propuesta del Proyecto |
| Plazo para registro de sustituciones y cancelaciones |
6 meses desde el cambio o cancelación |
Eliminación del plazo perentorio, registro sin límite de tiempo |
| Registro de inversiones iniciales o adicionales en divisas |
Registro automático mediante declaración de cambio |
Mantener registro automático sin cambios |
| Entidad encargada del registro |
Banco de la República |
Banco de la República |
| Supervisión y control |
Superintendencia de Sociedades |
Superintendencia de Sociedades |
Conclusión
Este proyecto de decreto representa un avance significativo en la flexibilización del régimen de inversiones internacionales en Colombia, al eliminar un plazo riguroso que generaba numerosas sanciones por incumplimiento formal. Con esta modificación, se espera que los inversionistas tengan mayor margen para cumplir con las obligaciones de registro, lo que contribuiría a una mayor formalidad y transparencia en el mercado de inversiones internacionales, sin afectar la supervisión y control ejercidos por las autoridades competentes. La adopción de esta medida podría facilitar la atracción y mantenimiento de capital extranjero en el país, promoviendo así el desarrollo económico y la integración internacional.