Entidad emisora, número y fecha de la resolución
La resolución objeto de análisis es la número 51039 de 2026, emitida el 6 de julio por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) y publicada en el Diario Oficial No. 53.546 el 7 de julio de 2026.
Tema principal y destinatarios
El tema central de esta resolución es la prórroga de la vigencia del Reglamento Técnico Metrológico aplicable a productos preempacados, el cual regula el etiquetado y control metrológico de estos productos para garantizar que la cantidad nominal declarada coincida con la real. Este reglamento se dirige principalmente a productores, importadores y comercializadores de productos preempacados, sectores clave para asegurar la transparencia y la protección del consumidor final.
Objetivo de la resolución
El propósito de la resolución es extender la vigencia del reglamento vigente, incorporado inicialmente en la Resolución 32209 de 2020, mientras se realiza un Análisis de Impacto Normativo ex ante completo que permita identificar las mejoras necesarias para actualizar y optimizar la regulación. Esta prórroga garantiza la estabilidad normativa durante el proceso de evaluación y posible modificación del reglamento.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución establece:
- La prórroga de la vigencia del Reglamento Técnico Metrológico sobre productos preempacados por un término de cuatro años, contados a partir de la publicación de esta resolución.
- El mantenimiento de las disposiciones relacionadas con el etiquetado y control metrológico, que incluyen la incorporación de estándares internacionales de la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML), específicamente las Recomendaciones R79 y R87.
- La indicación de que durante este periodo se adelantará el análisis normativo necesario para evaluar y sustentar técnicamente las modificaciones que se requieran, con el fin de mejorar la eficacia regulatoria, racionalizar cargas y fortalecer la protección al consumidor.
Base legal y fundamentación
La emisión de esta resolución se fundamenta en diversas disposiciones legales y constitucionales, entre las que destacan:
- Los artículos 78 y 334 de la Constitución Política, que facultan al Estado para regular la calidad de bienes y servicios y para intervenir en la economía con el fin de proteger al consumidor y mejorar la calidad de vida.
- La Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), que establece la responsabilidad en la información comercial y la protección contra prácticas engañosas.
- Los Decretos 4886 de 2011 y 1074 de 2015, este último particularmente en sus artículos 2.2.1.7.14.1 y 2.2.1.7.6.7, que asignan competencias a la Superintendencia para expedir y evaluar reglamentos técnicos metrológicos.
- La Resolución 32209 de 2020, que modificó previamente el reglamento sobre productos preempacados e incorporó estándares internacionales.
Modificaciones y evaluación normativa
La resolución no modifica ni deroga el reglamento vigente, sino que extiende su aplicación mientras se adelanta una evaluación ex post y un análisis ex ante para determinar las mejoras necesarias. La Superintendencia concluyó que, aunque persisten las razones para mantener la regulación, existen oportunidades para optimizar ciertos requisitos técnicos y los mecanismos de demostración de conformidad, así como para armonizar la norma con estándares internacionales actualizados.
Plazos establecidos y proceso regulatorio
Se estableció un plazo de cuatro años para la prórroga de la vigencia, durante el cual se realizará el análisis de impacto normativo y se preparará la modificación regulatoria correspondiente. Este plazo busca evitar vacíos normativos y garantizar la estabilidad jurídica para los actores del mercado y la protección efectiva de los consumidores.
Impacto potencial
La prórroga del reglamento mantiene la seguridad jurídica para productores, importadores y comercializadores, quienes cuentan con un marco normativo claro y estable para el manejo de productos preempacados. Para los consumidores, esta medida asegura la continuidad en la protección contra prácticas que puedan inducir a error respecto a la cantidad real de productos ofrecidos. Además, el proceso de actualización normativa previsto permitirá optimizar la regulación conforme a avances técnicos y estándares internacionales, contribuyendo a una mayor eficiencia y confiabilidad en el mercado.