Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

Comisión de Regulación de Energía y Gas publica Circular No. 310 de 2026 para enfrentar riesgos energéticos derivados del fenómeno de El Niño

Proviene de: Circulares

15 de julio de 2026 1:5:53

Contexto y objetivo de la Circular No. 310 de 2026

La Circular No. 310, emitida por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) el 7 de julio de 2026, responde a un análisis exhaustivo sobre la situación energética del Sistema Interconectado Nacional (SIN). Este análisis fue fundamentado en las comunicaciones técnicas y recomendaciones del Centro Nacional de Despacho (CND) y el Consejo Nacional de Operación (CNO), quienes alertaron sobre riesgos potenciales ocasionados por la consolidación del fenómeno climático de El Niño y la consecuente disminución en la disponibilidad hídrica para generación eléctrica. El propósito principal de la circular es activar las medidas contempladas en los capítulos I, II y III de la Resolución CREG 101 114 de 2026, con el fin de mitigar los riesgos que podrían afectar la atención segura, confiable y de calidad de la demanda energética nacional durante el periodo crítico previsto.

Alcance y destinatarios

Esta circular está dirigida a un amplio espectro de actores en el sector energético, incluyendo a los agentes del mercado mayorista de energía, el Centro Nacional de Despacho, el Consejo Nacional de Operación, los operadores de red, comercializadores, usuarios y demás interesados. Su aplicación es de carácter externo y tiene impacto directo sobre quienes participan en la operación y comercialización de energía en Colombia. El ámbito temporal de aplicación de las medidas comienza al día siguiente de la publicación de la circular y se extiende hasta el 31 de mayo de 2027, permitiendo a la CREG ajustar este plazo según la evolución de las condiciones energéticas,...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Energía

No se encontraron sugerencias