Decreto 0703 de 2026: Reglamentación transitoria de las actividades taurinas por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes
Proviene de: Decretos
9 de julio de 2026 13:44:14
Emisor, fecha y objeto del decreto
El Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, emitió el Decreto 0703 de 2026, publicado en el Diario Oficial No. 53.547 el 8 de julio de 2026. Este decreto adiciona el Título II al Libro 3 del Decreto 1080 de 2015, el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura, con el objetivo principal de reglamentar las condiciones para el desarrollo de actividades taurinas durante el periodo transitorio previsto en la Ley 2385 de 2024.
Contexto y fundamento legal
El decreto responde a observaciones internacionales —especialmente del Comité para los Derechos del Niño de las Naciones Unidas— que instan a Colombia a proteger a los menores frente a la tauromaquia y a sensibilizar sobre la violencia física y mental asociada a esta práctica. Además, se enmarca en compromisos internacionales de bienestar animal y en el mandato constitucional colombiano que reconoce el derecho a un ambiente sano y la protección especial de los animales como seres sintientes, conforme a la Ley 1774 de 2016 y la jurisprudencia constitucional. La Ley 2385 de 2024 prohíbe las corridas de toros y actividades relacionadas a partir de tres años después de su entrada en vigencia, estableciendo un periodo de transición durante el cual el decreto regula dichas actividades.
Ámbito de aplicación y grupos afectados
El decreto tiene aplicación nacional y afecta directamente a las entidades territoriales que autorizan y supervisan los eventos taurinos, a los organizadores de estos eventos, al equipo veterinario responsable del bienestar animal y a la ciudadanía en general, especialmente...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.