Contexto y propósito del Decreto 0708 de 2026
El Ministerio de Minas y Energía emitió el Decreto 0708 de 2026 el 7 de julio de 2026, publicado en el Diario Oficial No. 53.547 el 8 de julio del mismo año. Este decreto adiciona el Capítulo 13 al Título V de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1073 de 2015, único reglamentario del sector minas y energía, con el fin de establecer los lineamientos del Programa de Reconversión Productiva de actividades mineras, según lo previsto en el artículo 20 de la Ley 2250 de 2022.
El principal objetivo del decreto es crear un marco normativo que facilite la transición de mineros —principalmente de pequeña escala y subsistencia— que, por razones ambientales, sociales o económicas, no puedan continuar con sus actividades mineras. Así, se busca promover alternativas productivas sostenibles que permitan mejorar las condiciones socioeconómicas de estas poblaciones, en consonancia con los principios constitucionales de desarrollo sostenible, protección ambiental y función social de la empresa.
Medidas y disposiciones clave
El decreto define el Programa de Reconversión Productiva como un conjunto de acciones de carácter social, ambiental y económico, orientadas a incentivar la reconversión hacia actividades productivas o complementarias a la minería, ajustadas a la vocación del suelo, la economía regional y los instrumentos de planificación ambiental.
El programa está dirigido a:
- Mineros de subsistencia.
- Titulares mineros de pequeña escala con instrumento ambiental.
- Mineros en procesos de formalización y legalización, incluyendo beneficiarios del Plan Único de Legalización y Formalización Minera (PULFM).
- Mineros informales en tránsito hacia la formalización.
El Ministerio de Minas y Energía será la entidad encargada de coordinar...