Contexto y Emisor de la Resolución
La Resolución 080 de 2026 fue expedida el 6 de julio de 2026 por la Dirección Territorial Boyacá del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), publicada en el Diario Oficial No. 53.547 el 8 de julio de 2026. Este organismo es la máxima autoridad catastral nacional y tiene la responsabilidad legal de formar, actualizar y conservar la información catastral, conforme a las leyes vigentes.
Objeto y Destinatarios
La resolución regula los porcentajes de incremento en los avalúos catastrales para las zonas rurales del municipio de San Pablo de Borbur, Boyacá, ajustando valores previamente establecidos. El destinatario principal son los entes territoriales y propietarios de inmuebles rurales en dicho municipio, dado que el valor catastral afecta la base para impuestos y la planificación territorial.
Finalidad y Marco Legal
El objetivo es aplicar un ajuste automático a los valores catastrales rezagados, conforme al artículo 49 de la Ley 2294 de 2023, que faculta al IGAC para actualizar masivamente los avalúos con el fin de corregir distorsiones económicas y promover la equidad tributaria. La base legal incluye además la Ley 14 de 1983, la Ley 1955 de 2019, y el Decreto 846 de 2021, así como resoluciones previas del IGAC como la 1912 de 2024 y la 2057 de 2025.
Principales Decisiones y Ajustes Técnicos
La resolución modifica los porcentajes de incremento aplicados inicialmente en la Resolución 2057 de 2025 para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales de San Pablo de Borbur. Tras un proceso de revisión técnica y concertación en mesas sectoriales con participación de comités técnicos, se evidenció que los valores unitarios de terreno debían ser ajustados para reflejar con mayor precisión las condiciones físicas, normativas y económicas del territorio.
| ZONA GEOECONÓMICA |
% Incremento según Resolución 2057 de 2025 |
% Incremento Ajustado Resolución 080 de 2026 |
| 02 | 204,00% | 73,83% |
| 03 | 242,00% | 95,56% |
| 04 | 265,00% | 108,59% |
| 05 | 291,00% | 123,49% |
| 06 | 356,00% | 160,74% |
| 07 | 447,00% | 212,89% |
| 08 | 271,00% | 247,66% |
| 09 | 317,00% | 179,37% |
| 10 | 377,00% | 219,28% |
| 11 | 451,00% | 247,66% |
| 12 | 562,00% | 138,39% |
| 13 | 727,00% | 149,57% |
| 14 | 690,00% | 297,32% |
| 15 | 588,00% | 186,53% |
| 16 | 272,00% | 49,00% |
Estos ajustes se aplicarán uniformemente en la liquidación de avalúos catastrales para predios rurales, con vigencia desde el 1° de enero de 2026.
Impacto y Procedimientos
Este reajuste busca mejorar la correspondencia entre los valores catastrales y la realidad socioeconómica del territorio, fomentando la justicia tributaria y facilitando la planificación y ordenamiento territorial. La resolución modifica en lo pertinente la Resolución IGAC 2057 de 2025, sin alterar otras disposiciones de esta última.
Conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), la resolución tiene carácter general y no admite recurso alguno. Su publicación y comunicación formal al municipio garantizan la transparencia y el conocimiento por parte de los actores involucrados.
Conclusión
La Resolución 080 de 2026 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi representa un paso técnico y administrativo esencial para actualizar y corregir los avalúos catastrales rurales en San Pablo de Borbur, con base en un análisis detallado y concertado. Este proceso evidencia la importancia de la gestión catastral como herramienta para la equidad fiscal y el desarrollo territorial en Colombia, asegurando que los valores reflejen adecuadamente las condiciones reales del territorio y contribuyan a una distribución justa de las cargas tributarias.