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Consejo de Estado admite recurso de apelación y sana nulidad en proceso de reparación directa contra Ministerio de Transporte

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:41:0

Contexto y tribunal competente

La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado, máxima autoridad en materia administrativa en Colombia. La decisión corresponde a un auto dictado en segunda instancia dentro de un proceso de reparación directa radicado bajo el número 08001-23-33-000-2019-00750-01. El magistrado ponente estuvo a cargo de proferir la providencia.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso se originó por una demanda de reparación directa presentada contra la Nación, representada por el Ministerio de Transporte y otras entidades, incluyendo el Área Metropolitana de Barranquilla. La demanda buscaba una indemnización por concepto de lucro cesante cuyo monto superaba los 1.700 millones de pesos colombianos. En primera instancia, el Tribunal Administrativo del Atlántico emitió sentencia el 5 de julio de 2024, en la que negó las pretensiones de la demanda y desestimó las excepciones de falta de legitimación y caducidad presentadas por las entidades demandadas. La parte demandante interpuso recurso de apelación contra dicho fallo. Posteriormente, el Consejo de Estado detectó una irregularidad procesal: la sentencia de primera instancia no había sido notificada al Área Metropolitana de Barranquilla, en su calidad de demandada. Para corregir esta nulidad, el despacho ordenó la notificación personal a dicha entidad y le concedió un plazo para manifestarse al respecto.

Consideraciones jurídicas y decisión

De conformidad con el artículo 136 numeral 1 del Código General del Proceso, el Consejo de Estado declaró saneada la nulidad detectada, dado que la parte afectada no manifestó ningún reparo dentro del término legal. Esto implica que la irregularidad fue subsanada...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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