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Consejo de Estado ordena devolver expediente para corregir irregularidades en trámite de nulidad y restablecimiento del derecho

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:41:3

Providencia judicial y ámbito procesal

La providencia en cuestión es un auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, del Consejo de Estado, en segunda instancia. Este auto resuelve un recurso de apelación interpuesto contra una decisión del Tribunal Administrativo del Atlántico, que negó la suspensión provisional solicitada en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.

Antecedentes fácticos y procesales

La Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones) presentó una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho con el fin de anular actos administrativos relacionados con el reconocimiento y reliquidación pensional. En esta demanda, además, solicitó la suspensión provisional de dichos actos, petición que fue negada por el tribunal de primera instancia mediante auto. Contra esta decisión fue interpuesto recurso de apelación que fue concedido. Posteriormente, se detectaron irregularidades en el trámite de la medida cautelar. En particular, el tribunal de primera instancia resolvió la solicitud sin correr traslado al demandado para que se pronunciara de manera independiente, como lo exige el artículo 233 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Además, se vinculó como litisconsorte necesario a una entidad administrativa especializada en gestión pensional y contribuciones parafiscales (UGPP) después de haber decidido sobre la medida cautelar, sin permitir que esta entidad ejerciera su derecho de contradicción.

Consideraciones del Consejo de Estado

El Consejo de Estado advierte que la omisión de correr traslado de la solicitud de medida cautelar al demandado y a la entidad recientemente vinculada vulnera las garantías constitucionales del debido proceso y del derecho de defensa, consagradas en...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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