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Consejo de Estado inadmite recurso extraordinario de revisión contra sentencia sobre la nulidad de laudo arbitral

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:17:34

Contexto y tribunal competente

El pasado 6 de julio de 2026, la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado resolvió sobre la admisión de un recurso extraordinario de revisión interpuesto por una sociedad contra dos decisiones: un laudo arbitral emitido por el Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio de Bogotá y una sentencia de anulación de dicho laudo dictada por la Sección Tercera, Subsección B del Consejo de Estado. La providencia judicial, en calidad de auto, fue proferida por el magistrado ponente designado para el caso. El recurso extraordinario de revisión es un mecanismo previsto en la Ley 1563 de 2012 y regulado por el Código General del Proceso (CGP), que permite impugnar tanto el laudo arbitral como la sentencia que resuelva sobre su anulación bajo causales específicas, y dentro de términos determinados. La competencia para conocer los recursos contra laudos arbitrales en los que interviene una entidad pública corresponde a la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado. Por su parte, los recursos contra sentencias de anulación deben ser conocidos por las Salas Especiales de Decisión de la misma corporación.

Antecedentes del caso

La sociedad recurrente promovió el recurso extraordinario de revisión argumentando que existían vicios sobrevinientes en las decisiones impugnadas, en particular basándose en causales contempladas en los numerales 3 y 8 del artículo 355 del CGP. La causal 3 se refiere a que la sentencia se habría basado en declaraciones de personas condenadas por falso testimonio, y la causal 8 apunta a la existencia...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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