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Consejo de Estado admite demanda contra resolución que acepta listado de integrantes de grupo armado para tránsito a zonas de ubicación temporal

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:38:54

Contexto y antecedentes procesales

La providencia judicial fue emitida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en segunda instancia, con ocasión del proceso iniciado mediante demanda interpuesta por un ciudadano en ejercicio de acción administrativa contra el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE). La demanda se fundamentó en la nulidad de la Resolución OCCP 120 de abril de 2026, la cual aceptó un listado entregado por un representante autorizado del autodenominado Ejército Gaitanista de Colombia (aEGC), agrupación armada, reconociendo a determinadas personas como integrantes para su tránsito hacia las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT), en el marco de un proceso de paz. El actor solicitó además la adopción de una medida cautelar de urgencia para suspender los efectos de la resolución, argumentando vulneraciones a diversas disposiciones constitucionales y legales, entre ellas los artículos 6, 35, 113, 121 y 243 de la Constitución Política, además de normas relacionadas con la suspensión de órdenes de captura y garantías judiciales. Se planteó que la autoridad que emitió la resolución carecía de competencia para autorizar la suspensión de órdenes de captura con fines de extradición y que la decisión carecía de motivación suficiente y afectaba derechos fundamentales, así como el ejercicio del control judicial y ciudadano.

Consideraciones jurídicas y decisión

El Despacho analizó los requisitos y el régimen de las medidas cautelares bajo la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA), en especial los artículos 229 a 234 que regulan las medidas preventivas, conservativas, anticipativas y suspensivas, y...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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