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Consejo de Estado rechaza recurso extraordinario de revisión contra sentencia sobre reintegro en la Superintendencia de Sociedades

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:38:42

Providencia y tribunal que la profiere

El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda - Subsección B, emitió un auto mediante el cual rechazó un recurso extraordinario de revisión presentado contra una sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, de fecha 14 de junio de 2023. El recurso buscaba revisar el fallo sobre un proceso de reintegro laboral contra la Nación, representada por la Superintendencia de Sociedades y la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

Antecedentes fácticos y procesales

El actor, quien ejercía funciones en la Superintendencia de Sociedades bajo un nombramiento provisional, interpuso acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra la resolución administrativa que declaró su insubsistencia en dicho cargo. Solicitó además el pago de salarios y prestaciones sociales dejadas de percibir y la expedición de certificación laboral que acreditara la continuidad en la prestación del servicio. Inicialmente, el juzgado de primera instancia accedió parcialmente a sus pretensiones, pero el Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó esta decisión en segunda instancia. Posteriormente, se interpuso el recurso extraordinario de revisión contra esta última sentencia, que fue admitido para trámite y remitido al Consejo de Estado.

Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión

El Consejo de Estado recordó que el recurso extraordinario de revisión es un mecanismo excepcional que solo procede en casos taxativamente previstos en el artículo 250 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Este recurso no tiene como fin reabrir debates probatorios ni corregir errores de valoración jurídica ya resueltos en las instancias ordinarias, sino corregir nulidades originadas en la sentencia que...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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