Consejo de Estado rechaza recurso extraordinario de revisión en caso de contrato realidad contra entidad de salud pública
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2026 14:38:38
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 25 de junio de 2026, la Sección Segunda - Subsección B de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado emitió un auto mediante el cual rechazó un recurso extraordinario de revisión interpuesto contra una sentencia ejecutoriada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Dicha sentencia confirmó parcialmente la decisión de primera instancia del Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Bogotá, que reconoció la existencia de un contrato realidad y ordenó el pago de diferencias salariales y prestaciones sociales a una demandante vinculada laboralmente con la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente ESE.
Antecedentes fácticos y procesales
La accionante promovió un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra la entidad de salud, buscando la anulación de un oficio mediante el cual se le negó la existencia de un contrato realidad y el reconocimiento de acreencias laborales. La demanda solicitó la condena para que se pagaran diferencias salariales correspondientes al período desde octubre de 2006 hasta julio de 2020, ajustadas conforme al artículo 187 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), así como las prestaciones sociales correspondientes.
El Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Bogotá accedió parcialmente a las pretensiones, decisión que fue confirmada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La demandante interpuso posteriormente un recurso extraordinario de revisión, mecanismo excepcional contemplado en el artículo 250 del CPACA, argumentando el hallazgo de documentos decisivos que no pudieron ser aportados oportunamente por supuesta negativa de la entidad demandada.
Consideraciones del Consejo de Estado sobre el recurso extraordinario de revisión
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