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Consejo de Estado rechaza recurso extraordinario de revisión en caso sobre rectificación de hoja de servicios en la Policía Nacional

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:41:16

Contexto y antecedentes del caso

La providencia fue proferida por el Consejo de Estado en segunda instancia, con competencia para analizar la admisibilidad del recurso extraordinario de revisión, conforme a los artículos 125 y 249 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). El recurso fue presentado contra la sentencia emitida el 13 de octubre de 2023 por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, que confirmó la decisión del Juzgado Administrativo Oral de Cali del 29 de julio de 2022. El proceso se originó a partir de una acción de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por un exfuncionario de la Policía Nacional, quien solicitó la nulidad de un oficio de 2017 mediante el cual se negó la modificación de su hoja de servicios. El demandante pretendía adicionar un mes de prestación de servicios correspondiente a julio de 1987, para incrementar el tiempo total computado y obtener el reconocimiento de la asignación de retiro así como el pago de mesadas adeudadas. Según sus alegatos, el periodo de suspensión durante febrero a abril de 1987 no fue efectivo, pues continuó prestando servicios y recibiendo sueldos.

El recurso extraordinario de revisión y su regulación

El recurso extraordinario de revisión es un mecanismo excepcional que permite impugnar sentencias ejecutoriadas bajo causales estrictamente tasadas en el artículo 250 del CPACA, entre las cuales se incluye la existencia de nulidad originada en la sentencia que puso fin al proceso y contra la cual no procede apelación. Este recurso no puede utilizarse para reabrir debates probatorios ni corregir errores judiciales ordinarios, sino...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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