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Consejo de Estado niega pruebas a instancia de parte y decreta de oficio en proceso sobre pensión de gracia

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:35:5

Contexto y tribunal que profiere la decisión

La providencia objeto de análisis fue emitida por la Sección Segunda - Subsección B de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia. El proceso se tramita dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, con relación a la solicitud de reconocimiento de una pensión de gracia. La decisión corresponde a un auto fechado el primero de julio de 2026.

Antecedentes fácticos y procesales

El caso tiene su origen en una demanda contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y otras entidades territoriales, interpuesta por un docente que solicitó el reconocimiento de una pensión de gracia. Tras una sentencia inicial del Tribunal Administrativo de Boyacá, la parte demandante interpuso recurso de apelación en la segunda instancia. En dicho recurso, la parte actora anexó diversos documentos administrativos expedidos en la década de 1990 por autoridades departamentales y municipales, y solicitó la práctica de pruebas dirigidas a certificar aspectos relacionados con su vinculación laboral y dependencia con entidades educativas a nivel nacional, departamental y municipal. Previamente, el Tribunal Administrativo de Boyacá ya había decretado oficios similares y negado solicitudes adicionales de pruebas por considerarlas extemporáneas y repetitivas. Frente a esto, la parte demandante intentó nuevamente la práctica de pruebas en la segunda instancia.

Consideraciones del Consejo de Estado y fundamentos jurídicos

El Consejo de Estado evaluó la solicitud de pruebas presentadas a instancia de parte y determinó que no cumplían con los requisitos del artículo 212 del...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
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