Consejo de Estado confirma rechazo de demanda por falta de subsanación en proceso contra MEDIMÁS EPS en liquidación
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2026 14:17:47
Contexto y tribunal de origen
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, falló en segunda instancia un recurso de apelación interpuesto contra un auto del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Subsección “C”, que rechazó la demanda presentada por una entidad prestadora de servicios de salud (IPS) contra MEDIMÁS EPS S.A.S. en liquidación. La demanda buscaba controvertir la legalidad de una resolución administrativa que declaró terminada la existencia legal de esta EPS.
Antecedentes fácticos y procesales
La entidad demandante ejerció un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho conforme al artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), impugnando la Resolución número 61 de diciembre de 2024, expedida por el agente liquidador especial de MEDIMÁS EPS S.A.S. El objetivo principal era que se calificaran ciertas acreencias que la IPS consideraba como extemporáneas o pasivos ciertos no reclamados, con la finalidad de obtener un reconocimiento económico.
Previo a la decisión de rechazo, el Tribunal inadmitió inicialmente la demanda para que la parte actora subsanara deficiencias formales, tales como la falta de adecuación de las pretensiones, la presentación de constancias de notificación de actos administrativos previos y la acreditación plena de la representación legal de la entidad demandante. La parte demandante presentó un escrito de subsanación, pero no cumplió en su totalidad con los requerimientos, argumentando que ciertos documentos ya se encontraban en otro expediente judicial.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Tribunal consideró que la demanda no fue adecuadamente ajustada, ya que la parte actora insistió en controvertir la resolución final que declaró terminada...
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