Consejo de Estado modifica sanción por desacato contra alcaldesa de Ibagué en caso de recuperación del espacio público
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2026 14:16:45
Contexto y tribunal competente
El Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en ejercicio del grado jurisdiccional de consulta, revisó el auto proferido por el Tribunal Administrativo del Tolima. El incidente surgió en el marco de una acción popular instaurada por la Procuraduría Provincial de Ibagué en defensa del derecho colectivo al goce de un ambiente sano y del uso adecuado del espacio público, afectado por la ocupación irregular de vendedores informales en el centro de la ciudad.
Antecedentes fácticos y procesales
En sentencia de 17 de febrero de 2000, confirmada por el Consejo de Estado en agosto de ese mismo año, se ordenó al municipio de Ibagué restaurar el espacio público, desalojar a vendedores ambulantes y elaborar un plan integral de recuperación que incluyera la formalización y reubicación digna de estos trabajadores. Se fijaron plazos claros para la ejecución y se establecieron sanciones para el incumplimiento.
Tras 25 años, el Tribunal Administrativo del Tolima abrió un incidente de desacato contra la alcaldesa actual, imponiéndole una multa equivalente a ocho salarios mínimos legales mensuales vigentes por aparente incumplimiento de la sentencia, debido a la persistencia de la ocupación informal del espacio público y la falta de un plan integral consolidado. La alcaldía presentó informes y documentos que evidenciaban avances en políticas públicas, beneficios tributarios y acciones administrativas recientes, aunque reconoció que no se había cumplido la totalidad de las órdenes judiciales.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Consejo de Estado recordó que la sanción por desacato en acciones populares tiene como finalidad principal persuadir al responsable para el cumplimiento efectivo de la orden...
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