Consejo de Estado acepta desistimiento de recurso extraordinario en caso contra Ministerio de Defensa
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2026 14:16:58
Contexto y antecedentes procesales
La providencia fue proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, en segunda instancia, en el marco de un recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia. El origen del proceso se remonta a una acción de reparación directa presentada contra la Nación - Ministerio de Defensa - Policía Nacional, por lesiones sufridas durante el servicio militar obligatorio en la institución policial.
El Juzgado Administrativo del Circuito negó inicialmente las pretensiones de reparación directa. Sin embargo, en apelación, el Tribunal Administrativo del Tolima revocó dicha decisión, declarando patrimonialmente responsable al Ministerio de Defensa - Policía Nacional y ordenando el pago de indemnizaciones por perjuicios morales, daño a la salud y lucro cesante, negando otras súplicas. Contra esta sentencia, la parte actora interpuso recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia.
Procedimiento y consideraciones jurídicas
El Tribunal Administrativo del Tolima declaró desierto el recurso extraordinario de unificación de jurisprudencia debido a que la parte recurrente no cumplió con las cargas procesales de sustentación exigidas por la ley. Posteriormente, el recurrente presentó reposición y apelación solicitando la reconsideración de esta decisión y presentó un nuevo escrito con el recurso extraordinario de unificación.
No obstante, el Tribunal confirmó la declaración de deserción, considerando que el nuevo recurso fue presentado extemporáneamente y que no se cumplió con los requisitos legales para su admisión. En virtud del parágrafo del artículo 318 del Código General del Proceso (CGP), el Tribunal adecuó la apelación a recurso de queja.
Finalmente, ante esta Corporación, el apoderado judicial de la parte recurrente presentó una solicitud de renuncia al recurso de queja,...
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