Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en la Sección Tercera, Subsección A, dentro de un proceso de reparación directa que involucra al Distrito de Santiago de Cali y otros demandados. El auto, firmado electrónicamente por el consejero ponente, corresponde a la etapa de trámite probatorio, en la cual se busca asegurar la colaboración de las partes y terceros involucrados para el esclarecimiento de los hechos. Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó por reclamaciones relacionadas con la atención médica y los controles prenatales practicados a una paciente durante los años 2009 y 2010, en particular respecto a la detección y manejo de toxoplasmosis. La Subsección A, en ejercicio de sus facultades oficiosas, ordenó diversas diligencias probatorias, tales como la solicitud de protocolos institucionales, información epidemiológica y reportes estadísticos a entidades de salud territoriales, y la entrega de historias clínicas y documentos relacionados con autorizaciones para exámenes médicos por parte de clínicas, laboratorios y la EPS Coosalud. A pesar de requerimientos reiterados, la EPS Coosalud no ha proporcionado la documentación solicitada, y la entidad Ángel Diagnóstica S.A. ha resultado inubicable mediante los canales de comunicación utilizados. Por su parte, otras entidades de salud remitieron la información requerida, aunque en algunos casos incompleta. Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El auto fundamenta su decisión en el deber constitucional de colaboración con la administración de justicia previsto en el numeral 7 del artículo 95 de la Constitución Política, el cual impone a todas las personas naturales y jurídicas...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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