Contexto y tribunal competente
La Sala Cuarta de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín emitió la sentencia en segunda instancia en un proceso sumario iniciado por una Empresa Social del Estado contra Coomeva EPS, entidad promotora de salud que se encuentra en proceso de liquidación. La providencia judicial, dictada el 15 de mayo de 2026, confirma la decisión inicial de la Superintendencia Nacional de Salud sobre la procedencia del cobro de facturas impugnadas por la EPS.
Antecedentes fácticos y procesales
La entidad hospitalaria demandante presentó ante la Superintendencia de Salud el reclamo por el reconocimiento y pago de 18 facturas relacionadas con la prestación de servicios médicos y hospitalarios a usuarios afiliados a Coomeva EPS, por un monto total de más de trece millones de pesos colombianos. La EPS glosó la totalidad de dichas facturas, alegando motivos técnicos para rechazar los pagos, pero estas glosas fueron calificadas como extemporáneas e infundadas por la Superintendencia.
Tras agotar la etapa de conciliación sin acuerdo, la Superintendencia emitió sentencia favorable a la ESE, ordenando el pago de las sumas adeudadas y la indexación correspondiente, con condena dirigida a la sociedad mandataria que representa a la EPS en liquidación.
Consideraciones jurídicas principales
El Tribunal analizó cuatro puntos fundamentales:
- Nulidad procesal: Se evaluó si se vulneró el debido proceso al no haber sido tenida en cuenta la contestación de la demanda por parte de la EPS. El Tribunal concluyó que la parte demandada no acreditó fehacientemente la entrega efectiva de la contestación, por lo que no se configuró la nulidad.
- Extinción de la persona jurídica: Aunque Coomeva EPS fue declarada en liquidación...