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Tribunal Superior de Medellín confirma derecho a pensión de sobrevivientes y modifica retroactivo en caso contra Colpensiones

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:16:8

Contexto y naturaleza de la decisión

La providencia en análisis es una sentencia proferida el 5 de junio de 2026 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, Sala Séptima de Decisión Laboral, en segunda instancia y grado jurisdiccional de consulta, dentro de un proceso ordinario laboral contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones. La entidad demandada apeló la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Medellín, que reconoció el derecho a la pensión de sobrevivientes a la demandante, quien alegó haber convivido en unión marital de hecho con el causante por más de cinco años.

Antecedentes fácticos y procesales

El proceso se originó a raíz de la solicitud de pensión de sobrevivientes presentada tras el fallecimiento del causante, afiliado a Colpensiones con la densidad de cotizaciones requerida para causar la prestación. La entidad negó inicialmente la prestación alegando que la relación entre la demandante y el causante era un noviazgo y no una convivencia permanente. La negativa fue confirmada en la instancia administrativa, lo que motivó la demanda judicial para declarar el derecho a la pensión, el reconocimiento del retroactivo desde la fecha del fallecimiento, los intereses moratorios y las costas del proceso. En primera instancia, el juzgado reconoció el derecho a la pensión, basando su decisión en el análisis conjunto de pruebas testimoniales, documentales y actuaciones públicas, que demostraron la existencia de una comunidad de vida estable y pública durante más de cinco años. Colpensiones apeló la decisión, cuestionando la acreditación de la convivencia y la procedencia de los intereses...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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