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Tribunal Superior de Medellín confirma ineficacia de traslado pensional por falta de información adecuada

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:16:6

Providencia judicial en segunda instancia y contexto procesal

La decisión fue adoptada por la Sala Séptima de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín, en el grado jurisdiccional de consulta a favor de COLPENSIONES, en un proceso ordinario laboral de primera instancia. La providencia confirma la sentencia proferida por el Juzgado Noveno Laboral del Circuito de Medellín, que resolvió inicialmente el caso. El proceso fue iniciado por una afiliada al sistema general de pensiones que solicitó declarar ineficaz su afiliación al fondo privado AFP Protección S.A., alegando que su traslado desde el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) fue realizado sin el consentimiento informado debido a la falta de asesoría adecuada y clara sobre las implicaciones de dicho cambio.

Antecedentes fácticos y posiciones de las partes

La demandante inició cotizaciones en el régimen público en 1986 y, en 1999, se trasladó al fondo privado sin recibir un análisis comparativo ni información suficiente sobre las modalidades pensionales, riesgos y beneficios de cada régimen. Argumentó que la afiliación fue inducida sin un consentimiento verdaderamente informado. AFP Protección S.A. se opuso alegando que el traslado fue válido, libre y voluntario, y rechazó la obligación de devolver los valores descontados por primas de seguros, gastos de administración y fondo de garantía de pensión mínima. COLPENSIONES negó las pretensiones de la demandante y solicitó absolución.

Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión

La Sala destacó que el deber de información por parte de las administradoras de fondos de pensiones está establecido desde la creación del...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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