Tribunal Superior de Medellín confirma obligación patronal en pago de cálculo actuarial y ordena emisión de bono pensional por parte del Municipio de Puerto Nare
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2026 14:15:24
Contexto y antecedentes procesales
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en segunda instancia, analizó el proceso ordinario laboral iniciado por un demandante contra una administradora de fondos de pensiones, una empresa del sector privado, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y un municipio. El demandante alegó la existencia de un contrato laboral con la empresa privada desde 1981 hasta 1988, periodo durante el cual no se efectuaron aportes al sistema general de pensiones. Reclamó el pago del cálculo actuarial correspondiente y la devolución de saldos por dichos periodos, así como por otro tiempo laborado para el municipio entre 1992 y 1995. La administradora reconoció la existencia de periodos no cotizados y manifestó que la empresa privada debía asumir el cálculo actuarial, mientras que en cuanto al municipio se promovía la emisión de un bono pensional.
Fundamentos jurídicos y consideraciones
El tribunal examinó el marco normativo aplicable, especialmente el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, que regula el cálculo actuarial como mecanismo para reconocer periodos laborados sin cotización, y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia. Esta ha definido que el empleador debe asumir la responsabilidad pensional incluso cuando la omisión no sea imputable directamente, como ocurre en zonas sin cobertura del Instituto de Seguros Sociales en su momento. En este sentido, la Sala recordó que el cálculo actuarial es una herramienta para garantizar la financiación de las prestaciones pensionales y la inclusión de los periodos no cotizados en la historia laboral del trabajador.
Por otro lado, respecto al tiempo laborado para el municipio, el tribunal concluyó que, al...
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