Tribunal Superior de Medellín confirma pensión de sobrevivientes para hija inválida tras controversia sobre fecha de invalidez
Proviene de: Sentencias
14 de julio de 2026 14:15:18
Providencia judicial en segunda instancia
El Tribunal Superior de Medellín, en su Sala Tercera de Decisión Laboral, resolvió un recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de primera instancia en un proceso ordinario laboral. La providencia adoptó la forma de sentencia y fue proferida por el magistrado ponente, en acatamiento a la Ley 2213 de 2022, mediante votación unánime de los magistrados integrantes de la sala.
Antecedentes y hechos relevantes
El proceso fue iniciado por el representante legal de una persona declarada inválida, quien solicitó la nulidad del dictamen emitido por la Junta Nacional de Calificación de Invalidez. Se pretendía establecer que la invalidez de la beneficiaria se estructuró desde su nacimiento y, en consecuencia, que la entidad administradora de pensiones reconociera y pagara la pensión de sobrevivientes tras el fallecimiento de su padre pensionado.
La beneficiaria presenta una discapacidad severa de tipo cognitivo, producto de encefalopatía y meningitis sufrida en la primera infancia, además de otras patologías como diabetes, hipertensión arterial y enfermedad pulmonar obstructiva crónica. La dependencia económica hacia sus progenitores fue probada, dado que, debido a su discapacidad, nunca laboró ni pudo sostenerse por sí misma.
El dictamen inicial de la entidad administradora de pensiones estableció una pérdida de capacidad laboral del 29.6%, con fecha de estructuración en 2020, posterior al fallecimiento del causante. La Junta Regional de Calificación de Invalidez modificó el dictamen, estableciendo un porcentaje mayor y una fecha de estructuración desde el nacimiento. Sin embargo, la Junta Nacional mantuvo el porcentaje pero fijó la fecha de estructuración en 2020.
El juzgado de primera instancia acogió la valoración pericial que determinó...
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