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Tribunal Superior de Medellín confirma relación laboral y solidaridad en accidente fatal en obra pública

Proviene de: Sentencias

14 de julio de 2026 14:14:28

Contexto y tribunal de decisión

La Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Medellín conoció en apelación y consulta el recurso interpuesto en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Itagüí. El proceso ordinario laboral fue promovido por las beneficiarias de un trabajador fallecido en un accidente ocurrido en una obra pública contratada por un municipio del departamento de Antioquia.

Antecedentes fácticos y procesales

El trabajador desempeñaba funciones como ayudante en la construcción de viviendas de interés prioritario, obra contratada por un municipio con una unión temporal. La unión temporal, a su vez, contrató a un tercero para el suministro de mano de obra. El trabajador falleció debido a un deslizamiento de tierra durante el desarrollo de sus labores. Las demandantes solicitaron que se declarara la existencia de la relación laboral entre el trabajador y la unión temporal, el reconocimiento de las acreencias salariales y prestaciones sociales no pagadas, la condena solidaria del municipio y otras entidades vinculadas, además del reconocimiento de la pensión de sobrevivientes y los intereses moratorios correspondientes. En primera instancia, el juzgado consideró probado el contrato laboral entre el trabajador y la unión temporal, declaró solidaria la responsabilidad del municipio y ordenó el pago de salarios, prestaciones sociales, indemnización moratoria y pensión de sobrevivientes a favor de las demandantes. Sin embargo, absolvió a otras entidades demandadas y negó algunos intereses moratorios y la legitimación para el pago de prestaciones a la compañera permanente del fallecido.

Consideraciones del Tribunal Superior

El Tribunal Superior revisó el material probatorio, incluyendo declaraciones...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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