Propósito general y objetivo principal del proyecto
El proyecto de resolución tiene por objeto establecer y actualizar el procedimiento para el manejo de tecnologías en salud y servicios complementarios que no son financiados con recursos de la UPC, así como algunas tecnologías excluidas que pueden ser prescritas excepcionalmente por el médico tratante. La propuesta busca asegurar un acceso oportuno y eficiente a estas tecnologías mediante la organización y regulación del uso de la plataforma tecnológica MIPRES, desarrollada por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
El proyecto incorpora importantes innovaciones en la gestión del acceso a tecnologías en salud, destacando:
- La prescripción electrónica obligatoria a través de MIPRES, con asignación inmediata de un número de prescripción y soporte para situaciones de contingencia mediante formularios manuales.
- La definición clara de responsabilidades para cada actor del sistema, incluyendo profesionales de la salud, entidades promotoras de salud (EPS), prestadores de servicios de salud (PSS), proveedores de tecnologías en salud (PTS) y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES).
- La conformación y regulación de las Juntas de Profesionales de la Salud como instancias técnicas encargadas de evaluar y aprobar la prescripción de tecnologías y servicios complementarios, con criterios de pertinencia clínica y evidencia científica.
- La habilitación de la prescripción excepcional de tecnologías expresamente excluidas del plan obligatorio de salud, bajo el cumplimiento de criterios clínicos y legales establecidos por la jurisprudencia constitucional, garantizando además la evaluación económica de los afiliados para su suministro.
- La implementación de plazos específicos para la toma de decisiones por parte de las Juntas de Profesionales de la Salud y para el suministro efectivo de las tecnologías prescritas, con especial atención a casos priorizados y urgencias.
- El fortalecimiento de la trazabilidad y control del suministro efectivo, con mecanismos de reporte oportuno a través de MIPRES y la supervisión por parte de la ADRES y organismos de inspección y vigilancia.
- La actualización del procedimiento de verificación, control y pago de solicitudes de recobro o cobro para las tecnologías no financiadas con recursos de la UPC, mediante un proceso definido y supervisado por la ADRES.
Medidas específicas propuestas
Entre las medidas concretas destacan:
- Registro y reporte obligatorio de prescripción y suministro a través de MIPRES para entidades promotoras de salud, prestadores y proveedores.
- Capacitación continua y actualización permanente para profesionales de la salud en el uso adecuado de la herramienta tecnológica.
- Eliminación de barreras administrativas y duplicidades, en especial en la evaluación de medicamentos con Usos No Incluidos en el Registro Sanitario (UNIRS) ya aprobados por el INVIMA.
- Establecimiento de criterios para la verificación de incapacidad económica en afiliados del régimen contributivo para la prescripción de tecnologías excluidas.
- Garantía de la confidencialidad, integridad y seguridad de la información contenida en MIPRES, en cumplimiento de la normativa vigente en protección de datos personales.
- Disponibilidad de canales digitales para consulta, solicitud y difusión de información relacionada con las tecnologías en salud y servicios complementarios.
Impacto y alcance potencial
El proyecto busca promover la eficiencia, transparencia y equidad en el acceso a tecnologías en salud no financiadas con recursos de la UPC, contribuyendo al respeto del derecho fundamental a la salud y a la universalidad del sistema. Se espera que la regulación facilite la participación de todos los actores del sistema, eliminando retrasos y obstáculos administrativos, y garantizando un suministro oportuno y continuo a los pacientes. Además, fortalece la vigilancia, control y análisis de la información, lo que permitirá mejorar la toma de decisiones en salud pública.
Participación de actores clave
El proyecto involucra a múltiples actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud:
- Profesionales de la salud: responsables de la prescripción y reporte en MIPRES, con autonomía clínica protegida.
- Entidades promotoras de salud (EPS) y entidades adaptadas: encargadas de garantizar el suministro, verificar la capacidad económica de afiliados para prescripciones excepcionales y reportar información al Ministerio.
- Instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS): responsables del suministro, conformación y operación de las Juntas de Profesionales de la Salud.
- Proveedores y dispensadores: encargados del suministro efectivo y reporte oportuno.
- Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES): autoridad para la verificación, control y pago de recobros/cobros basados en las prescripciones y suministros.
- Ministerio de Salud y Protección Social: entidad proponente encargada de la regulación, actualización de la herramienta tecnológica, capacitación y supervisión.
- Organismos de inspección, vigilancia y control: encargados de vigilar el cumplimiento de las disposiciones y sancionar incumplimientos.
El proyecto fue evaluado y aprobado por el Comité de Coordinación de MIPRES y toma en cuenta directrices de la Corte Constitucional, en particular las relacionadas con la Sentencia T-760 de 2008 y autos posteriores.
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Este proyecto de resolución representa un avance significativo en la regulación y gestión de tecnologías en salud no financiadas con recursos públicos, buscando garantizar el derecho a la salud con un enfoque técnico, transparente y eficiente. Su implementación permitirá optimizar los recursos disponibles, mejorar la experiencia de los usuarios y fortalecer el sistema de salud en Colombia, alineándose con los retos actuales y futuros del sector.