Logo Avance JurÍdico S.A.S

El periódico legal que te mantiene un paso adelante.

Créditos

CONTACTO

asistentecomercial@redjurista.com

Cel: +57 311 501 67 64, +57 321 775 03 85

Dirección: Carrera 6N° 26B - 85 Piso 9

Ciudad: Bogotá D.C

Representante: Carlos Eduardo Borrero González

ISSN: 3114-9065

NUESTRO ECOSISTEMA

  • Avance Jurídico Casa Editorial
  • RedJurista
  • JurIA

© 2026, Avance Jurídico ● Términos de uso ● Política de privacidad

Logo XLogo instagramLogo InLogo WhatsappLogo TikTok
x
Tamaño de Fuente
Fondo
  • Temas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Abrir menú de filtros

Filtros

  • Temas
  • Grupos de personas
  • Tipos de documentos
  • Entidades
Cargando...

La Corte Constitucional define competencia en conflicto entre juzgados laboral y administrativo de Turbo

Proviene de: CC

15 de julio de 2026 0:59:14

La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus funciones para dirimir conflictos de competencia entre jurisdicciones, analizó un caso relacionado con una demanda presentada contra una Empresa Social del Estado (ESE) por el reconocimiento y pago de prestaciones sociales adeudadas a una médica vinculada bajo la modalidad de servicio social obligatorio.

Antecedentes del conflicto

La demanda se dirigió a declarar la nulidad de un acto administrativo presunto derivado del silencio administrativo negativo y a ordenar el pago de prestaciones sociales y sus intereses moratorios. La parte demandante estuvo vinculada en provisionalidad como médica del servicio social obligatorio desde diciembre de 2019 hasta septiembre de 2021. La entidad reconoció la deuda pero alegó dificultades financieras y negó haber recibido la petición formal que originó la demanda. El Juzgado Administrativo admitió inicialmente la demanda, pero luego declaró su falta de jurisdicción al considerar que la controversia tenía naturaleza laboral, remitiendo el caso a la jurisdicción ordinaria laboral. Por su parte, el Juzgado Laboral se abstuvo de asumir competencia y propuso conflicto negativo de jurisdicciones, argumentando que la relación era legal y reglamentaria y no laboral.

Consideraciones de la Corte Constitucional

La Corte estableció que se cumplían los tres presupuestos para configurar un conflicto de jurisdicciones: subjetivo (dos autoridades judiciales de diferentes jurisdicciones en desacuerdo), objetivo (existencia de un proceso judicial en curso) y normativo (fundamentos constitucionales y legales expresados por ambas partes). Reiteró la jurisprudencia que sostiene que la jurisdicción contencioso administrativa es competente para conocer demandas laborales promovidas por empleados públicos contra Empresas Sociales del Estado, conforme a...

Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.

Ver planes disponibles

Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

Más noticias sobre Derecho Constitucional

No se encontraron sugerencias