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La Corte Constitucional resuelve conflicto aparente de competencia en acción de tutela contra entidades judiciales y de salud laboral

Proviene de: CC

15 de julio de 2026 0:58:40

Antecedentes del caso

Una acción de tutela fue promovida contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial de Santa Marta, el Comité Nacional del SG-SST-Copasst, el Consejo Seccional de la Judicatura del Magdalena, Positiva ARL y la Oficina de Coordinación de Seguridad y Salud en el Trabajo de Santa Marta. Los accionantes alegaron vulneración de derechos fundamentales a la dignidad humana, salud, integridad personal y trabajo en condiciones dignas debido a condiciones laborales precarias, como hacinamiento, mala distribución del espacio, ruido constante y falta de climatización. Inicialmente, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado declaró falta de competencia para conocer del asunto, remitiendo el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta. Este último planteó un conflicto aparente de competencia y remitió el caso a la Corte Constitucional, señalando que las reglas de reparto no podían ser invocadas para rechazar competencia o plantear conflictos negativos.

Consideraciones de la Corte Constitucional

La Corte Constitucional recordó que la solución a conflictos de competencia en materia de tutela corresponde generalmente a autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, pero su competencia es residual y se activa cuando no hay autoridad designada o se requiere celeridad en la protección de derechos fundamentales. En este caso, la Corte consideró que el conflicto surgió por la aplicación incorrecta de reglas de reparto administrativas, que son meras pautas y no definen competencia judicial. La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado erró al declarar falta de competencia, afectando la celeridad...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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