La CRA responde a una consulta de la Corporación Autónoma Regional de Nariño sobre las decisiones y actos administrativos relacionados con el marco tarifario y el factor regional aplicado en la facturación por concepto de tasa retributiva a los prestadores del servicio público domiciliario de alcantarillado.
Composición del Costo Medio de Tratamiento de Aguas Residuales
El cálculo del Costo Medio de Tratamiento de Aguas Residuales (CMTal) incorpora dentro de sus componentes los pagos por tasas ambientales, incluyendo la tasa retributiva por vertimientos puntuales. Hasta el año 2024, el factor regional se aplicaba con un valor igual a uno, según lo definido por la autoridad ambiental competente en el marco del Decreto 2667 de 2012.
Modificaciones introducidas por el Decreto 1553 de 2024
Con la expedición del Decreto 1553 de 2024, que sustituyó el capítulo de tasa retributiva del Decreto 1076 de 2015, se redefinió la fórmula del factor regional. Ahora, este incorpora variables ambientales (calidad del agua, relación de caudales, biodegradabilidad), socioeconómicas (categorización municipal, Necesidades Básicas Insatisfechas - NBI) y económicas (avance en proyectos de descontaminación hídrica). El FR se mantiene como multiplicador de la tarifa mínima, con un rango entre 1,00 y 5,50.
En virtud del parágrafo transitorio del artículo 25 de la Ley 2294 de 2023, recogido en el Decreto 1553 de 2024, hasta el 31 de diciembre de 2024 los prestadores aplicaron un factor regional igual a 1,00. A partir de 2025, el FR deberá calcularse conforme al nuevo esquema reglamentado.
Marco tarifario y aplicación del factor regional
En el Nuevo Marco Tarifario, establecido por la Resolución CRA 1032 de 2026 para prestadores con más de 5.000 suscriptores en área urbana, se define que el costo medio generado por el pago de tasas del servicio de alcantarillado corresponderá al monto cobrado por la autoridad ambiental según el Decreto 1553 de 2024 o sus modificaciones. El factor regional reconocido en tarifa se determinará mediante acto administrativo de la CRA; hasta tanto, se aplicará un FR igual a 1.
El proyecto de resolución para el nuevo marco tarifario de prestadores con hasta 5.000 suscriptores y los que operan en áreas rurales también contempla esta señal regulatoria transitoria.
Agenda regulatoria y próximas acciones
En la agenda regulatoria indicativa 2026, la CRA desarrolla un proyecto para establecer la tasa retributiva por vertimientos bajo el nuevo esquema, con el fin de analizar y proponer medidas regulatorias que consideren las variables actualizadas del factor regional.
Principio de eficiencia económica y responsabilidad del prestador
Finalmente, la CRA enfatiza que el FR es un costo regulado sujeto al principio de eficiencia económica. Esto implica que incrementos derivados de omisiones o retrasos imputables al prestador, reflejando ineficiencias, no podrán trasladarse a la tarifa final y deberán ser asumidos por la empresa.
Para ampliar conocimientos sobre regulación tarifaria, la CRA invita a participar en su taller virtual gratuito, disponible en https://virtual.cra.gov.co/. Para consultas adicionales, se sugiere contactar la Subdirección de Regulación a través de los números telefónicos oficiales.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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