Contexto y alcance de la consulta
La CRA recibió una solicitud para pronunciarse sobre el régimen regulatorio y la metodología tarifaria aplicable a una empresa que presta el servicio público domiciliario de alcantarillado, operando mediante contratos de interconexión con otro prestador, pero sin mantener una relación contractual directa con los usuarios finales. Se consultó específicamente si la Resolución CRA 1032 de 2026, que establece el nuevo marco tarifario para grandes prestadores de acueducto y alcantarillado, es aplicable a esta empresa, y en caso afirmativo, sobre el segmento regulatorio correspondiente y los plazos para su implementación.
Marco jurídico y análisis de la CRA
El marco jurídico colombiano permite que el servicio de alcantarillado se preste de forma integrada o desintegrada, donde diferentes prestadores pueden encargarse por separado de la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de aguas residuales. En este sentido, la ley establece la obligación de facilitar el acceso e interconexión entre prestadores, posibilitando acuerdos para el uso compartido de infraestructura a cambio de una remuneración o peaje.
La regulación tarifaria vigente está orientada a la determinación de la tarifa final al usuario, basándose en criterios como el número de suscriptores atendidos y el área de prestación del servicio. La Resolución CRA 1032 de 2026 aplica únicamente a grandes prestadores que cumplen con estos criterios.
En el caso consultado, la empresa presta exclusivamente la actividad de tratamiento y disposición final de aguas residuales, sin tener suscriptores directos y con remuneración derivada de contratos de interconexión. Por ello, no cumple con el criterio de número de suscriptores exigido para aplicar la Resolución CRA 1032 de 2026.
Conclusiones y efectos prácticos
La CRA concluyó que esta empresa no está incluida en el ámbito de aplicación de la Resolución CRA 1032 de 2026 y, por tanto, no le corresponde un segmento regulatorio específico dentro de dicha resolución ni la aplicación de sus reglas.
En cambio, el régimen tarifario aplicable es el previsto para los contratos de interconexión, regulado por la Resolución CRA 759 de 2016, compilada en la Resolución CRA 943 de 2021, que establece las reglas para determinar la remuneración o peaje entre prestadores.
Finalmente, respecto a la solicitud de ampliación de plazos para implementar la Resolución CRA 1032 de 2026, la CRA indicó que no es procedente dado que la metodología no es aplicable a esta empresa, la cual deberá continuar aplicando el marco regulatorio vigente para contratos de interconexión.
Este pronunciamiento aporta claridad sobre la aplicación del nuevo marco tarifario y reafirma la regulación específica para prestadores que operan mediante contratos de interconexión, garantizando la estabilidad y certeza jurídica en el sector de servicios públicos domiciliarios. De esta manera, se busca asegurar que las tarifas reflejen adecuadamente los costos y las condiciones particulares de cada segmento del servicio, promoviendo la eficiencia y sostenibilidad del sistema de alcantarillado en Colombia.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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