Contexto y alcance de la consulta
La CRA recibió una solicitud para pronunciarse sobre el régimen regulatorio y la metodología tarifaria aplicable a una empresa que presta el servicio público domiciliario de alcantarillado, operando mediante contratos de interconexión con otro prestador, pero sin mantener una relación contractual directa con los usuarios finales. Se consultó específicamente si la Resolución CRA 1032 de 2026, que establece el nuevo marco tarifario para grandes prestadores de acueducto y alcantarillado, es aplicable a esta empresa, y en caso afirmativo, sobre el segmento regulatorio correspondiente y los plazos para su implementación. Marco jurídico y análisis de la CRA
El marco jurídico colombiano permite que el servicio de alcantarillado se preste de forma integrada o desintegrada, donde diferentes prestadores pueden encargarse por separado de la recolección, transporte, tratamiento y disposición final de aguas residuales. En este sentido, la ley establece la obligación de facilitar el acceso e interconexión entre prestadores, posibilitando acuerdos para el uso compartido de infraestructura a cambio de una remuneración o peaje. La regulación tarifaria vigente está orientada a la determinación de la tarifa final al usuario, basándose en criterios como el número de suscriptores atendidos y el área de prestación del servicio. La Resolución CRA 1032 de 2026 aplica únicamente a grandes prestadores que cumplen con estos criterios. En el caso consultado, la empresa presta exclusivamente la actividad de tratamiento y disposición final de aguas residuales, sin tener suscriptores directos y con remuneración derivada de contratos de interconexión. Por ello, no cumple con el criterio de número de suscriptores exigido para aplicar la...Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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