Contexto y alcance del proceso regulatorio
La Comisión de Regulación emitió una respuesta a una solicitud de aclaración presentada por una empresa prestadora del servicio público de aseo. La comunicación se refiere al proyecto de resolución que subroga el marco tarifario aplicable a prestadores que atienden municipios y distritos con más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas. Este proyecto estuvo sometido a un proceso de participación ciudadana entre julio y noviembre de 2025.
Se enfatiza que los estudios técnicos previos y la formulación de alternativas regulatorias no constituyen decisiones definitivas ni comprometen el contenido del acto administrativo final que adopte la Comisión. La participación ciudadana tiene como fin contrastar, valorar y ajustar las propuestas, garantizando un análisis riguroso y transparente.
Sobre la eliminación del costo de comercialización por suscriptor (CCS)
La empresa solicitante manifestó que la propuesta regulatoria eliminaría el CCS sin una base empírica suficiente, lo que generaría inconsistencias metodológicas y afectaría principios regulatorios como la eficiencia y la suficiencia financiera. Sin embargo, la Comisión aclaró que el CCS es un costo indirecto asociado a funciones transversales, como facturación y atención al usuario, que se reconoce dentro del rubro de gastos administrativos en la metodología propuesta.
Se explicó que la eliminación del CCS no desconoce la carga administrativa del servicio, sino que busca integrar su reconocimiento en un único factor de gastos administrativos para simplificar y mejorar la metodología tarifaria. Además, la Comisión está facultada para requerir información amplia y veraz a los prestadores para validar sus estudios y propuestas.
Metodología y fuentes de información
La Comisión destacó que la metodología tarifaria se basa en información homogénea, comparable y depurada proveniente del sistema único de información sectorial (SUI), y no en la contabilidad analítica interna de cada prestador, que puede variar según políticas contables y estructuras internas.
Se aclaró que los costos de comercialización pueden estar incorporados dentro de los gastos administrativos reportados y que la fórmula propuesta para calcular el factor de gestión comercial y administrativa (FGCGA) considera esta integración. Asimismo, se detalló que se aplicaron técnicas para depurar datos atípicos y excluir gastos no relacionados con la prestación del servicio.
Atención a observaciones sobre trazabilidad y modelos de cálculo
En relación con diferencias encontradas entre valores presentados en documentos de trabajo y modelos de cálculo, la Comisión señaló que estas obedecen a actualizaciones y consolidaciones progresivas de información, sin afectar la validez técnica de la propuesta. Se comprometió a armonizar y precisar las referencias documentales en la versión final para garantizar transparencia y trazabilidad.
Conclusiones y estado del proceso
La Comisión considera atendidas las observaciones relacionadas con la integración del CCS en el FGCGA y los cuestionamientos metodológicos y contables planteados. Se recordó que el proyecto de resolución aún no es un acto administrativo vigente y que la definición final de la metodología tarifaria corresponde a la Comisión, que deberá fundamentarse en criterios de eficiencia económica, suficiencia financiera, transparencia y comparabilidad sectorial.
Finalmente, se reiteró el compromiso con un proceso regulatorio técnico, participativo y transparente, y se aclaró que esta respuesta no afecta las decisiones futuras que adopte el cuerpo colegiado dentro del trámite regulatorio correspondiente. La Comisión continuará trabajando en la consolidación del marco tarifario con el fin de garantizar un servicio público de aseo eficiente, sostenible y acorde con las necesidades de los usuarios y prestadores del sector.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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