Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado en 2026 por el Ministerio del Interior, buscaría modificar aspectos del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior. Esta normativa regula, entre otros temas, el Programa de Prevención y Protección dirigido a personas en situación de riesgo extraordinario o extremo, en particular ex servidores públicos vinculados a la Presidencia de la República. La iniciativa se fundamentaría en las disposiciones constitucionales y legales que establecen el deber del Estado de proteger la vida, la libertad y la seguridad personal, especialmente para quienes ejercen funciones cercanas al poder ejecutivo y que enfrentan riesgos derivados de sus actividades.
Tema y propósito del proyecto
El proyecto de decreto tendría como propósito principal actualizar y ampliar los criterios para la protección de los ex servidores públicos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República que se encuentran en situación de riesgo extraordinario o extremo. Esto incluiría establecer un criterio objetivo, basado en el desempeño de cargos o funciones específicas, y un criterio subjetivo, que reconocería situaciones de riesgo preexistentes, independientemente del cargo ocupado. La medida afectaría a servidores públicos que hayan ejercido funciones de dirección, asesoría o coordinación directa al despacho presidencial y vicepresidencial, así como aquellos que hayan participado en actividades relacionadas con la seguridad nacional, política de paz y manejo de información reservada.
Modificaciones propuestas y medidas específicas
Entre las modificaciones relevantes, el proyecto adicionaría el numeral 17 al artículo 2.4.1.2.6 del Decreto 1066 de 2015, incluyendo a ex servidores públicos nombrados o encargados en empleos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República como sujetos de protección bajo el Programa. Se establecerían dos criterios para acceder a la protección:
- Criterio objetivo: Reconocimiento automático basado en el desempeño de funciones específicas dentro de la Presidencia, certificado por la misma entidad. Este criterio permitiría iniciar un estudio para evaluar el nivel de riesgo y adoptar medidas de protección, incluyendo una medida provisional de duración inicial de 90 días mientras se realiza la evaluación.
- Criterio subjetivo: Protección para quienes acrediten situaciones de riesgo preexistentes como amenazas o hostigamientos iniciados antes del cese de funciones, garantizando la continuidad de las medidas de protección durante la transición.
Asimismo, el proyecto modificaría el parágrafo 2 del artículo 2.4.1.2.40 para establecer que la revaluación del nivel de riesgo para estos ex servidores se realizaría cada 90 días, salvo que surjan nuevos hechos que requieran evaluación anticipada.
Acciones adicionales y coordinación institucional
El proyecto contemplaría la obligación del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República de establecer un protocolo interno para notificar a los funcionarios al momento del retiro sobre la posibilidad de acceder al Programa y el procedimiento para solicitar la evaluación de riesgo. Además, se propondría la firma de un protocolo de coordinación entre la Unidad Nacional de Protección (UNP) y la Presidencia que definiría los procedimientos para la gestión de solicitudes, intercambio de información y priorización de estudios de riesgo, respetando las normas de reserva y confidencialidad.
Participación de actores clave
La implementación y supervisión del programa estarían a cargo de la Unidad Nacional de Protección, con apoyo complementario de la Policía Nacional en ciertos casos. La Presidencia de la República tendría un rol activo en la certificación de cargos y funciones desempeñadas por los ex servidores públicos, facilitando así el proceso de evaluación de riesgos.
Información adicional y participación ciudadana
En caso de publicarse el proyecto, se esperaría que esté disponible para consulta pública y que se establezca un periodo para recibir observaciones o comentarios de la ciudadanía y de los interesados. No obstante, el proyecto aclararía que la falta de protocolos o demoras en su adopción no limitarían el derecho de los ex servidores públicos a solicitar la protección conforme a los nuevos criterios propuestos.