Contexto y entidad emisora
La Resolución 109 de 2026, fechada el 8 de julio y publicada en el Diario Oficial No. 53.554 el 15 de julio de 2026, fue expedida por la Dirección Territorial Boyacá del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC). Esta entidad es la máxima autoridad catastral nacional, encargada de la formación, actualización y conservación del catastro, conforme a las leyes 14 de 1983, 1955 de 2019 y 2294 de 2023, así como al Decreto 846 de 2021.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula específicamente el reajuste de los porcentajes de incremento en los avalúos catastrales para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales del municipio de Chitaraque, Boyacá. El principal destinatario es la administración catastral y tributaria local, así como los propietarios de predios rurales en dicha jurisdicción, quienes verán reflejados estos ajustes en la valoración de sus inmuebles.
Objetivo y finalidad
El objetivo central es realizar un ajuste técnico y justo de los valores unitarios de terreno en las zonas rurales, con base en un análisis detallado que incluye factores físicos, normativos, económicos y de mercado inmobiliario. Esta actualización responde a la necesidad de corregir distorsiones detectadas tras la aplicación inicial de los incrementos establecidos en la Resolución IGAC 2057 de 2025, en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 2294 de 2023.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución dispone el reajuste de los porcentajes de incremento para las zonas homogéneas geoeconómicas rurales de Chitaraque, con una reducción significativa en varios casos respecto a lo establecido previamente. Por ejemplo, para la zona 1 se ajusta del 49% al 15.72%, y para la zona 20, de 1067% a 396.65%. Este ajuste se aplicará uniformemente a los avalúos catastrales con destinos agropecuarios y no agropecuarios para la vigencia catastral del 1° de enero de 2026.
Base legal y normatividad
La resolución se fundamenta en varias normas: el artículo 3° de la Ley 14 de 1983 sobre funciones catastrales; el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 modificado por el artículo 43 de la Ley 2294 de 2023, que regula la gestión catastral como servicio público; los numerales 5 y 7 del artículo 30 del Decreto 846 de 2021, que delegan facultades a las direcciones territoriales del IGAC; y la Resolución IGAC 1912 de 2024, que estableció la metodología para la actualización masiva de avalúos catastrales rezagados.
Modificación de normas previas y plazos
La Resolución 109 de 2026 modifica los porcentajes de incremento fijados en la Resolución IGAC 2057 de 2025, manteniendo vigentes las demás disposiciones de esta última. La actualización de los avalúos se aplicará para la vigencia catastral 2026, con efectos desde el 1° de enero de ese año. Al tratarse de un acto administrativo general, no procede recurso contra esta resolución, conforme al artículo 75 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA).
Impacto potencial
Este ajuste en los porcentajes de incremento catastral busca mejorar la correspondencia entre el valor real del suelo y su valoración catastral, lo que a su vez puede influir en la equidad tributaria y en la planificación y ordenamiento territorial local. Al actualizar los valores de manera técnica y participativa, se contribuye a una gestión catastral más precisa y transparente, beneficiando tanto a la administración como a los propietarios rurales del municipio.
En suma, la Resolución 109 de 2026 representa un paso importante en la actualización y corrección de los avalúos catastrales rurales en Chitaraque, en cumplimiento de la normativa vigente y con un enfoque técnico y concertado. Se espera que esta medida fortalezca la gobernanza local y promueva un desarrollo territorial más equilibrado y sostenible.