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Ministerio de Minas y Energía prorroga reglamento técnico para estaciones de GLP vehicular por dos años

Proviene de: Resoluciones

17 de julio de 2026 14:54:27

Entidad emisora y fundamento legal

La Resolución 40309, expedida el 10 de julio de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.554 el 15 de julio de 2026, fue emitida por el Ministerio de Minas y Energía. Esta decisión se fundamenta en las facultades legales conferidas por el Decreto 381 de 2012 y el Decreto 1074 de 2015, que le otorgan al Ministerio la competencia para expedir reglamentos técnicos relacionados con la producción, transporte, distribución y comercialización de energía y gas combustible.

Tema principal y destinatarios

El objeto central de la resolución es la prórroga del reglamento técnico vigente para las estaciones de servicio que suministran Gas Licuado de Petróleo (GLP) destinado al uso vehicular, tanto para AutoGLP como para NautiGLP. Este reglamento fue inicialmente adoptado mediante la Resolución 40368 de 2020 y modificado por la Resolución 40118 de 2021. El grupo destinatario principal son las estaciones de servicio que operan en el suministro de GLP para vehículos, así como los operadores y empresas del sector. Este público es esencial para asegurar la correcta implementación de las normas que garantizan la seguridad de usuarios y consumidores finales.

Finalidad y decisiones clave

La resolución tiene como finalidad prorrogar por dos años la vigencia del reglamento técnico mencionado. Esta extensión se justifica en la necesidad de mantener vigentes las disposiciones mientras se realiza un proceso de actualización normativa, que incluye la revisión de normas técnicas nacionales e internacionales, y la elaboración de un nuevo proyecto de reglamento que integrará diversos combustibles vehiculares, incluyendo GLP, gas natural comprimido, gas natural licuado y...

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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